Habiendo ya el partido de gobierno consolidado su candidatura presidencial para el 2014, se reinicia el debate del proyecto de ley para restringir acciones al portador. En un solo día concluye el primer debate aprobando el proyecto de ley.
El Proyecto de Ley N° 568 “Que adopta un régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador”, fue aprobado en primer debate por la Comisión de Economía y Finanzas, de la Asamblea Nacional de Diputados.
La legislación establece la adopción de un régimen que permite preservar las acciones al portador, mediante la custodia de sus certificados de manera privada, por un custodio autorizado, con la finalidad de poder tener certeza de su propietario en casos concretos, sin afectar su libre circulación, de manera reservada.
Darío Espinosa, viceministro de Finanzas, manifestó que “a través de este proyecto de ley se refuerza el compromiso del país de cumplir con altos estándares de transparencia y de buen uso de los servicios financieros, a la vez que se da cumplimiento a los acuerdos internacionales, previamente adquiridos por Panamá”.
Sobre esta legislación, Espinosa añadió que “complementa los esfuerzos que realiza el Gobierno para evitar la inclusión de nuestro país en listas discriminatorias que podrían afectar la competitividad del sistema bancario panameño, el que sabemos es uno de los pilares de la economía de Panamá”.
Según la nueva disposición, podrán actuar como custodios locales de los certificados de las acciones emitidas al portador, los bancos de licencia general, fiduciarias reguladas por la Superintendencia de Bancos de Panamá, casas de valores y centrales de valores debidamente inscritas por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá, así como abogados o agentes residentes.
El régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador plantea que comenzará a regir a partir del siguiente día hábil, luego de trascurridos dos años, desde la promulgación del mismo como ley.
Acompañó al viceministro Espinosa ante los diputados, el administrador de la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos (ANIP), Luis Cucalón
La legislación establece la adopción de un régimen que permite preservar las acciones al portador, mediante la custodia de sus certificados de manera privada, por un custodio autorizado, con la finalidad de poder tener certeza de su propietario en casos concretos, sin afectar su libre circulación, de manera reservada.
Darío Espinosa, viceministro de Finanzas, manifestó que “a través de este proyecto de ley se refuerza el compromiso del país de cumplir con altos estándares de transparencia y de buen uso de los servicios financieros, a la vez que se da cumplimiento a los acuerdos internacionales, previamente adquiridos por Panamá”.
Sobre esta legislación, Espinosa añadió que “complementa los esfuerzos que realiza el Gobierno para evitar la inclusión de nuestro país en listas discriminatorias que podrían afectar la competitividad del sistema bancario panameño, el que sabemos es uno de los pilares de la economía de Panamá”.
Según la nueva disposición, podrán actuar como custodios locales de los certificados de las acciones emitidas al portador, los bancos de licencia general, fiduciarias reguladas por la Superintendencia de Bancos de Panamá, casas de valores y centrales de valores debidamente inscritas por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá, así como abogados o agentes residentes.
El régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador plantea que comenzará a regir a partir del siguiente día hábil, luego de trascurridos dos años, desde la promulgación del mismo como ley.
Acompañó al viceministro Espinosa ante los diputados, el administrador de la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos (ANIP), Luis Cucalón
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Publicado en julio 23, 2013 15:19
Por Jaime Marthe//
Fotos Rogelio Achurra//
Fotos Rogelio Achurra//
Vista de honorables diputados de la Comisión de Economía |
Diputados que integran la Comisión de Economía y Finanzas aprobaron en primer debate del proyecto de Ley No. 568, mediante el cual se adopta un régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador, con el interés de adecuar la legislación panameña a los más altos estándares de la industria internacional en materia de transparencia.
Mediante la iniciativa, se persigue la mejora de la imagen de la República de Panamá como país cooperador en la lucha contra el mal uso de los servicios financieros y, a la vez, proponer un marco acorde con los estándares internacionales para brindar seguridad a los inversores nacionales e internacionales.
De igual forma, se pretende la adopción de un régimen que permita preservar las acciones al portador mediante la custodia de sus certificados de manera privada por un custodio autorizado, con la finalidad de poder tener certeza de su propietario en casos concretos sin afectar su libre circulación de manera reservada. De esta forma, se logra un balance entre los requerimientos internacionales en materia de transparencia y las necesidades de aquellas personas que requieren el uso de este tipo de instrumentos.
Se destaca que como consecuencia de los nuevos estándares internacionales en materia de transparencia, el uso de sociedades que puedan emitir acciones al portador resulta ineficaz dentro del sistema financiero local e internacional. Sin embargo, dada su importancia en las actividades corporativas y financieras, no se considera conveniente eliminarlas como instrumentos de nuestro sistema corporativo.
Funcionarios de la autoridad fiscal y bancaria, con ausencia de representantes del Colegio Nacional de Abogados |
La iniciativa fue ampliamente divulgada y sometida a la consideración del público a través del Colegio Nacional de Abogados y otros gremios forenses, así como del sector financiero, para procurar la integración de sus puntos de vistas con las exigencias internacionales.
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