lunes, 13 de diciembre de 2010

Decreto Ejecutivo 468 de 1998 sobre Agente Residente

MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
DECRETO EJECUTIVO NO 468 (De 19 de septiembre de 1994)

Por el cual se asignan obligaciones y se establecen responsabilidades del Agente Registrado o Residente de las sociedades anónimas.

CONSIDERANDO
Que el tráfico ilícito de drogas representa una grave amenaza para la salud y el bienestar de los seres humanos y menoscaba las bases éticas, económicas, culturales y políticas de la sociedad.
Que el tráfico ilícito de drogas genera considerables rendimientos financieros y grandes fortunas que podrían permitir a las organizaciones delictivas transnacionales invadir, contaminar y corromper las estructuras de la administración pública, las actividades comerciales y financieras lícitas y la sociedad a todos sus niveles.
Que existe un interés superior en la sociedad panameña de luchar contra el narcotráfico y el lavado de dinero proveniente de esa actividad delictiva que afecta a la humanidad entera.
Que con tal fin la República de Panamá expidió la Ley 23 de 30 de diciembre de 1986, sobre delitos relacionados con drogas y el resultado económico del tráfico ilícito.
Que posteriormente y con igual propósito la República de Panamá negoció con los Estados Unidos de América el Tratado de Asistencia Legal Mutua, aprobado por la Asamblea Legislativa mediante la Ley 20 de 22 de julio de 1991; ha negociado tratados similares con el Reino Unido, Colombia, Canadá y Centro América y últimamente ratificó y aprobó mediante la Ley 20 de 7 de diciembre de 1993, la Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, también conocido como la Convención de Viena de 1988.
Que la República de Panamá tiene un rol muy importante en la economía mundial por el gran desarrollo de su economía de servicios internacionales.
Que sectores relevantes de la economía de servicios están representados por el centro bancario, la Zona Libre de Colón y las sociedades anónimas.
Que el régimen de sociedades anónimas fue establecido por la Ley 32 de 1927 y éstas se han convertido, desde entonces, en un vehículo fundamental en las relaciones económicas internacionales.
Que es necesario tomar medidas para proteger el buen nombre de la sociedad anónima panameña mediante la creación de mecanismos que sirvan para disuadir su utilización en la comisión de los delitos de narcotráfico así como el lavado de dinero procedentes del mismo.

DECRETA
ARTICULO PRIMERO: Es obligación de todo abogado o firma de abogados que actúa como agente residente de una sociedad anónima panameña conocer al cliente y mantener información suficiente para identificarlo, ante las autoridades competentes, cuando así le sea requerido.
ARTICULO SEGUNDO: Esta información será suministrada solamente a petición de un funcionario del Ministerio Público o del Organo Judicial con competencia para conocer de delitos de narcotráfico o de lavado de dinero procedentes de esta actividad delictiva, por razón de procesos ya iniciados en la República de Panamá, o al amparo de tratados de Asistencia Legal Mutua.
ARTICULO TERCERO: El suministro de la información de que trata el artículo anterior, por parte del Agente Residente no se considerada como una violación al secreto profesional del abogado para con su cliente ni como falta a la ética profesional para los efectos del artículo 170 del Código Penal por tratarse de un interés superior para la República de Panamá.
ARTICULO CUARTO: Incurrirán en desacato el abogado o los socios de la firma de abogados que sin causa justificada rehuse dar la información solicitada.
ARTICULO QUINTO: El Gobierno Nacional, por conducto del Ministro de Gobierno y Justicia, instará a las Organizaciones Profesionales de Abogados para que en el Código de la Ética Profesional del Abogado se trate sobre la materia que motiva este Decreto de conformidad con el espíritu de las leyes citadas en los considerandos del mismo y con lo dispuesto en su parte normativa.
ARTICULO SEXTO: Este Decreto entrará a regir a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Panamá a los 19 días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro.

ERNESTO PEREZ BALLADARES
Presidente de la República de Panamá

RAUL MONTENEGRO DIVIAZO
Ministro de Gobierno y Justicia

domingo, 12 de diciembre de 2010

El temor del pusilánime


18/10/2010

El temor del pusilánime



Por: Carlos Ernesto González Ramírez

Hay personas que no tienen el valor de intentar grandes cosas o que son tímidas frente a situaciones que les parecen superiores a sus fuerzas. Normalmente estas personas no tienen siquiera la iniciativa para explorar los límites de la oposición, por un temor basado solo en la percepción y no en un análisis sereno de la realidad. Estas personas son las que el Diccionario de la Real Academia de la Lengua llama pusilánimes.

Wikipedia, dice que "el miedo o temor es una emoción caracterizada por un intenso sentimiento habitualmente desagradable, provocado por la percepción de un peligro, real o supuesto, presente, futuro o incluso pasado. Es una emoción primaria que se deriva de la aversión natural al riesgo o la amenaza, y se manifiesta tanto en los animales como en el ser humano".

Los grandes imperios históricos siempre han contado con este sentimiento y con estas personas para imponer su voluntad sin necesidad de ejercer ningún otro tipo de acción efectiva para lograr sus propósitos. Con solo hacer ver que van a tomar una acción, logran que el pusilánime se atemorice y se someta a los designios del imperio. Esta es la táctica que ha seguido Estados Unidos, a través de la OCDE, en contra de Panamá para que nuestro país se someta a su interés de acabar con el centro financiero panameño, que le hace competencia a sus centros financieros en su "patio trasero". Por suerte, hasta hoy, Panamá ha demostrado que no es un país de pusilánimes, manteniendo una posición de firmeza en la defensa de nuestros intereses (nada nuevo en nuestra historiografía).

Afirmo esto porque desde que comenzaron las listas negras de la OCDE, Panamá no ha hecho más que crecer. Lo ha hecho su centro financiero, sus exportaciones de servicios y el nivel de inversión directa extranjera que llega a nuestra nación. En otras palabras, hasta hoy, la OCDE ha sido un tigre de papel sin ningún tipo de diente para afectar a Panamá.

Dicho lo anterior, y con una visión clara de que como nación, nos guste o no, debemos mantener relaciones con los gobiernos de otros países, corresponde a Panamá ser un "buen ciudadano" del mundo, pero manteniendo el interés nacional sobre todas las cosas. Por esta razón, Panamá ha aceptado la firma de tratados para evitar la doble tributación como el mecanismo más idóneo y cumplir con la exigencia de las naciones que han adoptado, unilateralmente, medidas en contra de nuestro país (medidas que han tenido casi ningún impacto como señalé).

Por tanto, a los panameños no nos debe preocupar mayormente lo que diga o deje de decir la OCDE, por cuanto que en la medida en que adelantemos más de estos tratados, la efectividad de esta organización privada de naciones poderosas y nuevo instrumento de dominación imperial, será aún menor a la que ha tenido desde el año 2000, cuando nos catalogó de "paraíso fiscal".

A lo anterior hay que sumarle el hecho innegable de que las medidas que algunos países han tomado contra Panamá son contrarias al derecho internacional público y a las obligaciones que esos países han adquirido con Panamá en el marco de la OMC. Y, en este tema, tengo que admitir que nuestros gobiernos se han comportado como el clásico pusilánime.

En vez de hacer valer nuestros derechos, por un equivocado concepto de las relaciones internacionales, hemos hecho lo que ningún país hace: renunciar a los mecanismos civilizados y aceptados en el mundo para la defensa de nuestros intereses económicos. Lo irónico es que la renuncia ha sido solo para la actividad más importante de nuestra economía en términos de su participación en la arquitectura económica (el centro financiero), pero no así para el banano ni para la Zona Libre, dos casos en los que Panamá ha llevado a la Unión Europea y a Colombia a los estrados de la Organización Mundial del Comercio (ganando ambos casos).

Esto puede cambiar próximamente porque en la Estrategia Nacional para la Defensa de los Servicios Internacionales y Financieros adoptada por el Gobierno se incluye el inicio de acciones en la OMC. Si Panamá inicia un caso en la OMC contra un país discriminador y triunfa, como debe ser en derecho, las amenazas de la OCDE acabarán por desvanecerse en la historia de las medidas imperiales que no funcionaron, porque a quienes iban dirigidas tuvieron la valentía y la espina dorsal de defender los intereses de su nación.

Hay que resaltar que, más allá del derecho nos asiste la razón y la defensa de la libertad de las personas. Panamá, con su actuación en materia de servicios financieros
y de exportación de su jurisdicción, ha logrado facilitar los negocios internacionales y les ha proporcionado sosiego y protección a personas que son víctimas de sus gobiernos confiscatorios y abusivos. En otras palabras, ha preservado la libertad.

http://www.prensa.com/hoy/opinion/2371744.asp


jueves, 9 de diciembre de 2010

Reflexiones sobre un tratado fiscal con EU


Opinión

INCONVENIENCIAS

Reflexiones sobre un tratado fiscal con EU

Eduardo Morgan Jr.
opinion@prensa.com

El interés manifiesto de Estados Unidos para solicitar a Panamá un acuerdo de intercambio de información fiscal es tener acceso a las inversiones que tengan sus contribuyentes en Panamá y que, según su sistema tributario, deben pagar impuestos en su país.

Para Panamá, un tratado fiscal que se limite al intercambio de información no tiene ningún interés, porque nuestro sistema impositivo no grava las rentas de nuestros contribuyentes en el exterior. Por esta razón, con muy buen tino, nuestro gobierno decidió que Panamá solo firmaría tratados fiscales para evitar la doble tributación en los cuales el componente de intercambio de información se vería compensado por la seguridad que tendrían los inversionistas extranjeros de que los impuestos pagados en Panamá les serían reconocidos en sus países, fomentando así la inversión extranjera.

Para Panamá, cualquier tratado fiscal con Estados Unidos, si no lo manejamos inteligentemente, puede tener consecuencias negativas para nuestra economía. Un tratado de intercambio de información fiscal (TIF), basado en el modelo que ellos tienen, y que será igual o muy parecido al que nos presentaron en 2001, daría al traste con nuestro centro bancario, ya que es de esperar que nuestros clientes de América Latina muevan sus cuentas al centro bancario de Miami, en donde no solo no los gravan con impuestos sino que se les asegura anonimato total.

Por esta razón, Panamá, ni aun cuando era un país invadido en los inicios del gobierno de Endara, aceptó firmarles este tratado. Esto quiere decir, ni más ni menos, que no podemos firmar el modelo de TIF que tiene Estados Unidos, sino que debemos negociar –si ellos insisten– en un acuerdo fiscal que proteja nuestro centro bancario y nuestra condición de país de economía de servicios.

El sistema de renta universal lo aplican los países industrializados, pero la gran mayoría solo lo aplica a las rentas en el exterior de sus residentes. El sistema de Estados Unidos es sui géneris, ya que se aplica no solo a sus residentes, sino a todos sus contribuyentes.

Veamos su comparación con Inglaterra: El ciudadano británico que no reside en el Reino Unido no paga impuestos por sus rentas en el exterior. En cambio, el norteamericano, aunque resida en el extranjero, tiene la obligación de declarar y pagar por sus ingresos, sin importar dónde estos se generan. Pero hay más. Esta obligación la tienen no solo los nacionales norteamericanos, sino todos aquellos que son considerados por sus leyes fiscales como posibles contribuyentes.

Esto quiere decir, ni más ni menos, que un panameño residente en Panamá, con rentas solo en Panamá, pero que para Estados Unidos tiene también la nacionalidad norteamericana, debe declarar sus rentas panameñas y pagar impuestos a Estados Unidos, incluso, el impuesto de mortuoria o sucesiones, que aquí ya no existe, pero que allá sí. Pero eso no es todo. Panamá se vería obligada, por el TIF, a darle a Estados Unidos la información que le pida sobre ese panameño.

Hay que tener en cuenta que por la relación de casi un siglo entre nuestros países, muchísimos panameños tienen también la nacionalidad norteamericana, o sea, que estos casos serían frecuentes. Lo mismo puede decirse de aquellos panameños que durante la crisis emigraron temporalmente a Estados Unidos y se hicieron residentes y, como tales, también son sujetos fiscales para ese país. Esta condición también afectaría a muchos de los clientes latinoamericanos de nuestro centro financiero en la misma situación de doble nacionalidad o residencia que apuntamos para los panameños.

Con este tratado, a pesar de no tener ninguna otra conexión con Estados Unidos que el vínculo fiscal, estarían sujetos a que Panamá se vea obligada a dar información sobre sus inversiones aquí y no tendrían más remedio que emigrarlas a centros financieros sin TIF con Estados Unidos, tales como Singapur o Hong Kong.

Por esta razón, en estas negociaciones Panamá como país soberano deberá limitar la información fiscal que se enviaría a Estados Unidos a aquella que corresponda a nacionales norteamericanos con residencia efectiva en Estados Unidos.

Así no tendríamos que dar información de nuestros nacionales, ni de clientes latinoamericanos de nuestro centro financiero, y se complacería a Estados Unidos, que lo que busca es que sus nacionales no evadan sus impuestos. De no establecerse estas limitaciones, se estaría violando el artículo 17 de la Constitución, que obliga a nuestro gobierno a defender a los panameños en donde quiera que estos estén, y a los extranjeros que se encuentran bajo nuestra jurisdicción.

http://mensual.prensa.com/mensual/contenido/2010/11/19/hoy/opinion/2406527.asp

miércoles, 8 de diciembre de 2010

Engavetado Tratado de Promocion no justifica TIEA

Opinión

FRENO AL CHANTAJE INTERNACIONAL

A la sombra de Bunau Varilla



Fernando Gómez Arbeláez
opinion@prensa.com

Aparte de la oprobiosa Convención del Canal Ístmico de 1903, mejor conocida como el Tratado Hay–Bunau Varilla, el ingeniero francés convertido en ministro plenipotenciario de la naciente República de Panamá, Philippe Bunau Varilla, parece habernos legado su perniciosa influencia –secretismo, falsedad y nula rendición de cuentas– en las negociaciones de algunos de nuestros tratados con Estados Unidos. A pesar de haber transcurrido 107 largos años de su taimada actuación negociadora, sus artificios han vuelto a proyectarse como sombras en un nuevo tratado del que los panameños aún no sabemos nada.

El otro día recordaba cómo en 2005, durante un almuerzo en el hotel Hay–Adams de la ciudad de Washington, comenté discretamente que ese hotel, ubicado a corta distancia de la Casa Blanca, se encontraba en el lugar preciso antes ocupado por la residencia de John Hay, el secretario de Estado norteamericano de 1898 a 1905. Fue allí, en la noche del 18 de noviembre de 1903, cuando Hay y Bunau Varilla estamparon su firma en el texto de ese tratado canalero, redactado solamente en inglés, "que ningún panameño firmó".

El comentario llamó la atención de un invitado de origen zonian (de la extinta Zona del Canal). "De no haber sido por el ingenio de Bunau Varilla", respondió con seriedad, "mi familia no se habría mudado a la Zona, ni yo habría nacido".

En ese momento la admiración del invitado por el improvisado negociador extranjero no me hizo prever que, cinco años después, este mismo "zonian" seguiría de cierta forma sus pasos hacia otra reprochable y oscura negociación entre Panamá y Estados Unidos.

El pasado 18 de noviembre –aniversario del Tratado Hay–Bunau Varilla– el ministro de Comercio e Industrias, Roberto Henríquez, ofreció una entrevista al servicio noticioso Bloomberg en Washington. Henríquez manifestó que untratado de intercambio de información fiscal (TIEA, por sus siglas en inglés) "ha sido concluido y será firmado por el secretario del Tesoro de Estados Unidos, Timothy Geithner, el 30 de noviembre".

Al igual que en 1903, los panameños quedamos atónitos al enteramos, por una fuente extranjera, que Panamá había cerrado negociaciones para un tratado con Estados Unidos.

Gracias a lo informado por Bloomberg, las autoridades locales se vieron obligadas a reaccionar al día siguiente con un ambiguo comunicado de prensa, en el que omitieron toda referencia a la naturaleza y el contenido del tratado.

Describiéndolo con un genérico "acuerdo fiscal", se limitaron a resaltar su pretendido beneficio –una exención tributaria a convencionales norteamericanos en Panamá– que es la misma carnada en el anzuelo a todo país que firma un TIEA con Estados Unidos.

Al igual que en 1903, la opinión pública fue informada escasa y tardíamente. Por más que el Gobierno pregonaba nunca negociar TIEA, sino solo tratados para evitar la doble tributación, el 25 de octubre dio a conocer, forzado también por noticias de Washington, que había variado el rumbo para entablar la primera ronda negociadora de un TIEA con Estados Unidos.

Se dijo entonces que la siguiente ronda no tenía fecha y que la misma podría ocurrir en enero de 2011. Tres semanas después, sin embargo, no solo hay ya un tratado íntegramente negociado –por negociadores que incluyen a un funcionario panameño con ciudadanía norteamericana, en abierto conflicto de interés– sino que está listo en la agenda del Secretario del Tesoro de Estados Unidos.

Los panameños tenemos el derecho de exigir información veraz y oportuna a nuestras autoridades. El derecho de exigir transparencia y rendición de cuentas a los negociadores. El derecho de exigir que ese tratado, como cualquier otro, sea publicado antes de ser firmado, ominosamente en Washington, por el ministro de Relaciones Exteriores, Juan Carlos Varela. Tenemos el derecho de exigir que sus cláusulas se conozcan con anticipación, de manera que puedan ser discutidas a profundidad y con plena libertad de criterio por parte de cualquier interesado.

Al igual que en 1903, sería inaceptable que, bajo el pretexto de que ese TIEA estuviera firmado por ambos países, nos presionen para aprobarlo con chantajes y amenazas, a través de la absurda "lista gris de paraísos fiscales" y del engavetado Tratado de Promoción Comercial. Fue asimismo con chantajes y amenazas que Panamá llegó a ratificar el Tratado Hay–Bunau Varilla el 2 de diciembre de 1903, de forma apresurada, sin el adecuado examen y sin que siquiera fuera traducido al español. No repitamos, mucho menos ahora por ignorancia, los errores de nuestra historia.

http://mensual.prensa.com/mensual/contenido/2010/11/26/hoy/opinion/2414018.asp


jueves, 2 de diciembre de 2010

Firma de TDT no garantiza salida de listas de paraísos fiscales


noticia sobre posibles cambios en las sociedades anonimas

Propiedad de acciones deberá registrarse
La OCDE considera que existen problemas significativos en materia de transparencia. El Gobierno ha pedido una nueva evaluación para el próximo año.
Roberto González Jiménez
rgjimenez@prensa.com

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) adelanta un anteproyecto de ley, con el fin de obligar a los agentes residentes de las sociedades anónimas a llevar un registro de quiénes son los dueños beneficiarios de las acciones, incluyendo aquellas al portador.

La ley contemplará sanciones para los agentes que no cumplan con la normativa.

"Es algo que Panamá tiene que atender para darle cumplimiento a los tratados de doble tributación (TDT). La legislación panameña permite las acciones al portador, y las autoridades necesitan saber quién es ese dueño para dar la información requerida al país que lo solicite", dijo Frank De Lima, viceministro de Economía, que ofreció ayer una rueda de prensa para valorar un reciente informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) sobre la transparencia de Panamá.

El organismo internacional detectó "problemas significativos" en áreas como la disponibilidad de información sobre la propiedad, sobre todo en el caso de las sociedades anónimas; la capacidad de las autoridades para obtener información con el objetivo de compartirla; la disponibilidad de sanciones por fallos para mantener o producir información para su intercambio; y la renuencia para alcanzar tratados de intercambio de información fiscal en lugar de TDT como fórmula para intercambiar información.

De Lima dijo que algunas de las recomendaciones planteadas por la OCDE ya fueron incluidas en la Ley 33 de junio de 2010, pero que estos avances no constaron en el informe ya que este cerró en mayo.

El abogado Carlos Barsallo comentó que solo la firma de TDT no garantiza la salida de las listas de paraísos fiscales. Hay que crear legislaciones y entes para supervisar y sancionar, añadió.

martes, 30 de noviembre de 2010

Panameños rechazan giro en estrategia fiscal

En lugar de llamarlo "acuerdo para el intercambio de información fiscal" debian llamarle "acuerdo para promocion de las inversiones latinoamericanas en Miami".


Rechazan giro en estrategia fiscal

Luego de 13 tratados para evitar la doble tributación, Panamá firmaría el primer acuerdo para el intercambio de información fiscal
Roberto González Jiménez
rgjimenez@prensa.com

El anuncio de que una delegación panameña se reunió con funcionarios del Departamento del Tesoro de Estados Unidos (EU) para negociar un tratado de intercambio de información fiscal generó ayer reacciones adversas, por lo que se entiende como un giro en la estrategia marcada hasta ahora de firmar tratados para evitar la doble tributación (TDT).

El Colegio Nacional de Abogados de Panamá dijo que firmar un acuerdo de este tipo "pondría en desventaja al centro financiero panameño con los de ese país y a las sociedades panameñas con las de los diferentes estados de EU". Los clientes de Panamá "se irían a Miami donde gozarían de exoneración en sus inversiones y del blindaje total de sus nombres", indicó el abogado Eduardo Morgan, que recordó que el acuerdo de intercambio de información es una aspiración de EU desde la década de 1980 que nunca fue aceptada por Panamá.

El ministro de Economía y Finanzas, Alberto Vallarino, explicó que el motivo de la firma de un acuerdo de intercambio de información y no un TDT es porque las leyes estadounidenses permiten a sus empresas deducir en su país los impuestos que han pagado en el extranjero, por lo que en la práctica no se da la doble tributación.

La negociación tendría dos etapas, en una primera se firmaría el acuerdo de intercambio de información y luego se consideraría un tratado para evitar la doble imposición. Como contrapartida, EU permitiría a las empresas que realicen congresos en Panamá la deducción de los gastos.

El cambio de estrategia surge después de que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo destacara la renuencia del país a firmar tratados para el intercambio de información fiscal como uno de los "problemas significativos" en transparencia.

http://mensual.prensa.com/mensual/contenido/2010/10/22/hoy/negocios/2378302.asp

domingo, 28 de noviembre de 2010

Negociaciones indebidas

La ultima vez que Panamá enconmendó a un extranjero la negociación de un tratado fue en 1903 con Philippe Bunau Varilla.
En caso de que el centro financiero de Panama sobreviva el TIEA con E.U., los centros financieros de Londres, Nueva York y Miami siempre inventarán un motivo nuevo para incluir en una nueva lista negra a centros financieros que compitan con ellos.



MANEJO DEL ESTADO
Negociaciones indebidas
Fernando Gómez Arbeláez
opinion@prensa.com
El último informe que sobre Panamá ha formulado la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) deja entrever una preocupante realidad: el Gobierno ha caído innecesariamente en una enmarañada trampa negociadora de la cual no le será nada fácil escapar.
En efecto, ese informe, el Reporte de Revisión Paritaria del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información para Propósitos Fiscales de la OCDE, que incluye un anexo con la información suministrada por el Gobierno hasta septiembre de 2010, señala que la negociación y firma de 12 tratados para evitar la doble tributación (TDT) –supuesta exigencia de la OCDE para excluir a Panamá de su llamada "lista gris" de paraísos fiscales– no son suficientes ni satisfactorias. De acuerdo al reporte, será únicamente cuando nuestro país negocie y firme otro tipo diferente de tratados, los de intercambio de información fiscal (TIEA, por sus siglas en inglés) con aquellos países que lo soliciten que Panamá tendrá posibilidades de salir, algún día, de esta "lista gris".
Desde finales del año pasado, el Gobierno ha venido proclamando que la permanencia de Panamá en esa lista concluirá de manera automática cuando sean firmados 12 TDT. Incluso en páginas enteras de avisos pagados, como el publicado en este diario el pasado 20 de octubre, las autoridades continúan insistiendo que los TDT, por sí solos, "garantizan la salida de las listas grises", lo que habría de lograrse "al principio del próximo año".
No obstante, ese mismo día, el Gobierno ya era consciente de que gracias a la más reciente exigencia de la OCDE, los 12 TDT, sin varios TIEA, no garantizaban absolutamente nada. Tan consciente se encontraba de esta nueva realidad que ese 20 de octubre se hallaba en Washington una delegación oficial panameña lista para negociar un TIEA con Estados Unidos.
De esa forma, el Gobierno ha dado un indebido e inesperado giro de 180 grados a su enunciada política de "nunca negociar TIEA", la cual no tardó en repudiar. Este giro radical aparece sin que el cambio de política ni la negociación con Estados Unidos hubieran sido informados de antemano a la opinión pública. Los negociadores demostraron así que la transparencia en las negociaciones con Washington no es ninguna prioridad.
Otros dos factores negativos se agregan a los anteriores. Las negociaciones son motivadas por el innegable chantaje de la OCDE, que comenzó pidiendo una mano pero ahora nos exige el brazo entero. Algunos funcionarios, sin embargo, pretenden ocultar éste con otro supuesto chantaje, el de Estados Unidos, que alegadamente requiere la firma de un TIEA para ratificar el tratado de promoción comercial (TPC) que duerme engavetado en Washington. Si esta presión indebida a cambio del TPC fuera cierta, el Gobierno está en la obligación de denunciarla cuanto antes.
El segundo factor es la dirección de la delegación negociadora en manos del actual viceministro de Economía. No es permitido negociar un tratado frente a otro Estado del que se es también ciudadano.


El funcionario en ese cargo, Frank De Lima, quien como único representante del Gobierno en una delegación conformada por consultores particulares encabeza la misma, posee la ciudadanía norteamericana al igual que la panameña. Es inaudito que un ciudadano de Estados Unidos represente a Panamá en la negociación de un tratado frente a Estados Unidos, en especial cuando los temas negociados se relacionan con la obligación que esos ciudadanos tienen de reportar sus ingresos en territorio panameño al fisco norteamericano. Su actuación pudiera haberse dado por negligente desconocimiento de las normas y principios, pero este doble conflicto de intereses no deja de poner en tela de duda la imparcialidad y legitimidad de lo hasta ahora negociado.
Un TIEA con Estados Unidos solo traerá perjuicios inmediatos a la economía panameña. El Gobierno no parece haber aprendido la lección con la siempre exigente y nunca satisfecha OCDE. Al dejarse atrapar en sus redes, imagina que este TIEA de última hora la convencerá de sacar, al fin, a Panamá de su "lista gris". Grave equivocación.

http://mensual.prensa.com/mensual/contenido/2010/10/30/hoy/opinion/2384860.asp

miércoles, 3 de noviembre de 2010

LISTAS NEGRAS: Rebelión en la granja

http://mensual.prensa.com/mensual/contenido/2010/10/23/hoy/opinion/2378886.asp


LISTAS NEGRAS

Rebelión en la granja

Alberto López Tom


opinion @prensa.com
Decía Orwell que todos los animales son iguales, pero unos más que otros. La idea de la globalización parecía buena en teoría para los animales iguales, los países industrializados podrían comprar materia prima de los países menos desarrollados a precios más bajos, podrían usar su mano de obra barata para ensamblar productos y luego podrían vender a esos mismos países pobres (los animales menos iguales) los productos terminados, ampliando así el mercado de consumo para las industrias de los países ricos.
Tan bueno era el plan, que se puso inmediatamente en acción, se creó la Organización Mundial de Comercio y todos los países fueron directa e indirectamente forzados a participar de este nuevo plan, que traería bienestar a la economía mundial, claro, siempre teniendo en cuenta que unos eran más iguales que otros.
Lo que los países ricos no anticiparon, es que con la globalización los capitales que hasta entonces se encontraban secuestrados en sus respectivos países fueron traspasando fronteras hacia jurisdicciones que les ofrecían mejores condiciones.
De esta forma se cerraron centros de venta y atención a clientes en países ricos y se instalaron call centers en países como Panamá, donde incluso no importaba el costo de capacitar a la mano de obra y enseñarle a hablar inglés. El capital no es fiel ni leal, es oportunista, las transnacionales movieron sedes regionales, reubicaron ejecutivos, movieron fábricas, centros de almacenaje y distribución a países que les representaban no solo economía en su producción, sino sustanciales ahorros gracias a regímenes legales impositivos más favorables.
Lo que iniciaron las grandes empresas creó un efecto cascada que fue paulatinamente alcanzando empresas de menor tamaño y luego hasta particulares y jubilados que buscaron mejores países donde pasar sus inviernos o su vejez, donde sus ahorros o jubilación les rindiera más, sin importar gastar sumas que consideran razonables por bienes raíces que luego podrán vender obteniendo una razonable plusvalía. ¿No es esto lo que querían los países ricos? Por supuesto que no, la idea no era esa, y surge entonces la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OECD, por sus siglas en inglés), un cluster inicialmente de países europeos, que luego incorporó a sus aliados industriales en otras latitudes. Destaca el hecho de que ningún país africano es miembro de la OECD y de Latinoamérica sólo México y Chile.
La OECD se atribuyó por designación propia el derecho decidir a qué países tenían regímenes legales que consideraban "justos" y cuáles debían ser señalados como paraísos fiscales. Debo destacar el hecho de que la Ley de Sociedades Anónimas de Panamá data de 1932 y no es hasta el advenimiento de la globalización y la OECD que se critica la misma en foros internacionales. Igual ocurre con el centro bancario panameño, en sus inicios criticado por ser un supuesto centro de lavado de dinero del narcotráfico. Ahora que se ha demostrado que los narcotraficantes blanquean sumas mucho más grandes en Suiza, Estados Unidos y otros países de la OECD, se le critica simplemente por recibir depósitos de personas y empresas que supuestamente evaden impuestos.
La OECD criticó a Panamá y la colocó en su lista gris, por el hecho de tener un sistema impositivo territorial (que desde inicios de la República nunca fue problema, sino hasta ahora), por tener un régimen legal que consideraban cerrado y no cooperador y por no tener tratados de naturaleza tributaria con ningún país.
Panamá emprende correctamente acciones para contrarrestar estas medidas discriminatorias e inicia la campaña para negociar y firmar al menos 12 acuerdos de naturaleza tributaria con otros países, para así cumplir con las exigencias de la OECD. Estos tratados han sido enfocados a evitar la doble tributación, más que al intercambio de información tributaria. Sobre este punto no profundizaremos más allá de señalar que es la estrategia correcta, pues siendo el sistema impositivo de Panamá de naturaleza territorial, de nada nos sirve información de sociedades que aunque sean panameñas, generen ingresos fuera de Panamá.
En Singapur, a finales de septiembre se reunió el comité revisor de la OECD y se concluyó que las medidas adoptadas por Panamá y Bostwana no son sustancialmente significativas para excluir a dichos países de la lista gris. Resulta ser ahora que la exigencia de los 12 tratados no es suficiente, sino que deben ser 12 tratados a satisfacción de la OECD, una nueva excusa para mantenernos con el estigma de paraíso fiscal, no obstante varios de estos tratados han sido firmados con países que son miembros de la OECD. ¿No es esto un claro contrasentido?
Los países desarrollados se han vuelto muy eficientes en imponer condiciones y criticar a los demás, pero mientras exigen que Panamá mejore su déficit fiscal, países como Inglaterra despliegan un abrumador 11% de déficit y EU, alrededor de 10.5%, de acuerdo a datos de la propia OECD.
Me pregunto: ¿Por qué aún cuando los países miembros de la OECD no hacen más que buscar la forma de destruir nuestro sector financiero y de servicios, nuestro país les permite participar en importantes licitaciones y adjudicarse contratos multimillonarios, particularmente aquellos relacionados con el Metro, la expansión del Canal y otros proyectos que se adelantan? ¿No debemos aplicarles un poco de su propia medicina, al final de cuentas, no somos todos iguales?

martes, 2 de noviembre de 2010

Panama se sale del camino con los TIEA

http://mensual.prensa.com/mensual/contenido/2010/10/23/hoy/negocios/2379820.asp

Aunque para el sistema bancario la firma de un tratado de intercambio de información fiscal (TIEA) con Estados Unidos no representaría una afectación a competitividad, representantes del sector reconocen que esta decisión representa un desvío en la estrategia que el Gobierno llevaba hasta la fecha.

"Definitivamente las negociaciones de un TIEA se salen del camino recorrido hasta ahora que ha estado marcado por la negociación y firma de tratados para evitar la doble tributación(TDT) con varios países de América, Europa y Asia dijo el presidente de la Asociación Bancaria, Moisés Cohen.

Recordó que Estados Unidos es el socio estratégico y comercial más importantede este país "y el Gobierno ha insistido con ellos en que Panamá lo que quiere firmar es un TDT.

Cohen manifestó su confianza de que el equipo negociador, que a su juicio es"muy calificado y competente", negocie un acuerdo que tenga beneficios para nuestro país y no solo para Estados Unidos.

Otras fuentes consultada manifestaron su inquietud de que el Gobierno haya cedido a la firma un TIEA con Estados Unidos con la esperanza de que con este paso se esté abriendo las puertas para que el Congreso de esa nación apruebe el tratado comercial.

El ministro Alberto Vallarino explicó que las negociaciones contemplan dos etapas y que en la segunda se consideraría la conveniencia de firma un TDT.


Ver también:
Un Acuerdo con Pocos Beneficios http://competenciafiscal.blogspot.com/2010/06/un-acuerdo-con-pocos-beneficios.html

lunes, 20 de septiembre de 2010

Brasil retira a Suiza de su lista negra de paraísos fiscales

Brasil retira a Suiza de su lista negra de paraísos fiscales

El gobierno brasileño estaría pidiendo a cambio que se negocie un nuevo tratado de doble imposición entre los dos países.
por EFE - 25/06/2010 - 12:51
Brasil ha retirado a Suiza de su lista negra de paraísos fiscales, según aseguró hoy la secretaría de Estado de Cuestiones Financieras Internacionales de la Confederación Helvética.
Hace tres semanas, Brasil incluyó a Suiza en su lista negra de paraísos fiscales, una decisión, según las fuentes, que ha sido anulada por el gobierno a cambio que se negocie un nuevo tratado de doble imposición entre los dos países.
"La Confederación Helvética ha intentado diferentes maneras de que se le retirara de la lista negra", señaló Mario Tuor, portavoz de la secretaría de Estado.
Las autoridades brasileñas justificaron la inclusión argumentando la escasa colaboración suiza en el contencioso con Estados Unidos por los datos de los clientes estadounidenses sospechosos de fraude fiscal con cuentas en la filial norteamericana del banco UBS.
Estados Unidos y Suiza firmaron un acuerdo extrajudicial de cooperación administrativa por el que Berna transmitiría a Washington los datos bancarios de miles de esos clientes.
El acuerdo, concluido en agosto de 2009, fue juzgado ilegal por el Tribunal Penal suizo y finalmente refrendado la semana pasada en el Parlamento tras arduas negociaciones.
Suiza figuró en la lista negra de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) hasta abril del 2009, posteriormente se le incluyó en la lista gris hasta que la abandonó tras firmar 12 acuerdos de doble imposición.
http://latercera.com/contenido/655_271194_9.shtml

domingo, 1 de agosto de 2010

Más de 15.000 fondos y hedge fund en paraísos fiscales



31.07.2010 Jorge Zuloaga 0

Fondos de inversión, hedge fund y productos de capital riesgo se han convertido en los últimos años en uno de los principales inquilinos de los paraísos fiscales, junto a las cuentas bancarias secretas.

A finales de 2009, había más de 15.000 de estos productos registrados en jurisdicciones consideradas como paraísos fiscales, tales como las Islas Vírgenes Británicas, las Islas Caimán o Jersey, según un informe de Hedgeweek.

Ver texto completo en http://www.expansion.com/2010/07/30/midinero/fondos/1280523746.html




Abogados asesoran a hedge fund en Panama http://www.prlog.org/10815190-panama-attorneys-advise-european-investors-forming-private-investment-fund.html
.

domingo, 6 de junio de 2010

Racismo en acciones de la OCDE?

Caucus Negro Del Congreso Critica Esfuerzo De Competición Fiscal Dañina De OCDE Los miembros del Caucus Negro del Congreso escribieron al Secretario de Hacienda Paul O'Neill una carta de marzo 14, 2001, en la cual criticaban la iniciativa de competencia fiscal dañina de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

Veinte seises de los 37 miembros del caucus firmaron la carta en que solicitaban que Hacienda rechazara la "iniciativa equivocada de la OCDE." Ésta es la 12ma carta a O'Neill de los miembros del congreso -- sobre todo los republicanos conservadores -- que se oponen a la iniciativa por una variedad de razones (53 DTR G-2, 3/19/01). La OCDE inició la iniciativa de competencia fiscal dañina en 1998 (81 DTR G-1, 4/28/98).

La carta dice que el grupo no ve la iniciativa de la OCDE como dentro de los mejores intereses de los Estados Unidos porque "amenaza con minar las economías frágiles de algunos de nuestros vecinos y aliados más cercanos, así como las Islas Virgenes de Estados Unidos."

Observó que las Islas Vírgenes fueron incluidas en la lista debido a la legislación federal que era un requisito impuesto por el Departamento de Hacienda, y dijeron que el caucus también está preocupado por "países en desarrollo -- incluyendo muchos en nuestro hemisferio a quienes pertenecen a, tienen una asociación con o tienen lazos amistosos establecidos desde hace mucho tiempo con los Estados Unidos."

Además, la carta dice, las "naciones ricas de la OCDE no deben tener el derecho de reescribir las reglas del comercio internacional sobre impuestos simplemente porque están disgustadas de que los inversionistas y los empresarios están buscando ingresos post-impuestos más altos."


El texto de la carta del Caucus Negro del Congreso está en http://www.freedomandprosperity.org/cbc.pdf


Un Acuerdo con Pocos Beneficios

1/25/2002
UN ACUERDO CON POCOS BENEFICIOS

Por Alvaro Aguilar Alfú


Coincidentalmente o no, un día antes del Día de los Mártires se dió inicio en Miami a la negociación de un acuerdo de intercambio de información tributaria (conocido por sus siglas en inglés “TIEA”) entre Panamá y Estados Unidos. La discusión sobre los efectos de dicho acuerdo se ha dado después, no antes, del inicio de las negociaciones, lo cual ha causado distintas versiones en cuanto a las bondades o desventajas del mismo. A pesar de que representantes de bancos de E.U. y Europa en Panamá han expresado que el acuerdo es necesario para ser competitivos, los banqueros de otros países mantienen un conspicuo silencio y el 71 % de los miembros de una cámara de comercio local manifestaron en una encuesta su desacuerdo con tal tipo de acuerdo.

Con la misma seguridad en que expertos internacionales nos auguraban los beneficios que para la agricultura de Panamá traería la rebaja de aranceles, hoy se nos habla de los beneficios de un TIEA (La Prensa, 10 de enero, 2001). El principal punto para “vender” el Acuerdo es de que dará necesarias ventajas a nuestro turismo y agroindustria como parte de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe. En principio suena muy bien, hasta que un análisis de los beneficios de dicha Iniciativa demuestra que ya no son lo que eran hace 15 años:
- La competencia del Acuerdo de Libre Comercio NAFTA ha afectado severamente a la industria textilera del Caribe que obtenía acceso preferencial a mercados de E.U. bajo la ICC. Ante la competencia del gigante mexicano y la entrada en vigencia del NAFTA, 150 textileras cerraron y 125,000 empleos se perdieron en el Caribe, especialmente en países con TIEA como Jamaica, Guyana y Santa Lucia (New York Times, Enero 30, 1997).
- El beneficio suministrado a subsidiarias de empresas de E.U. instaladas en países con TIEA denominado “Foreign Sales Corporation”, ha sido atacado duramente por la Unión Europea. El propósito de dicho incentivo era que multinacionales de E.U. instalaran empresas subsidiarias de distribución o maquiladoras en los países caribeños que ratificaran un TIEA. La eliminación de dicho beneficio parece acercarse al decretar la Organización Mundial del Comercio que el mismo constituye un subsidio ilegal.
- La posibilidad de deducir del impuesto sobre la renta los viajes a conferencias organizadas en países con TIEA de nada ha ayudado a los países del Caribe ante el bajón en los viajes afuera de E.U. tras los eventos del 11 de septiembre. Barbados, que tiene un TIEA, espera un descenso de 9% en las llegadas de turistas (Ernst & Young Caribbean, 2001). Pocos turistas arriesgarían visitar Panamá si el mismo Departamento de Estado de E.U. les advierte acerca de crímenes “que van desde la violación hasta robos armados, asaltos, carteristas, “secuestros expresos” desde cajeros automáticos ... y hurtos menores” (Hoja de Información Consular, Septiembre 20, 2001).
- Un TIEA requiere la instalación de una oficina especializada para manejar las solicitudes de la contraparte. Si bien el Departamento del Tesoro cuenta con tal oficina y empleados entrenados para tal fin, para Panamá cumplir con dicho requisito significaría desviar los escasos fondos gubernamentales requeridos para programas sociales a fin de crear una oficina adicional a la Unidad de Análisis Financiero y la actual oficina del Tratado de Asistencia Legal Mutua del Ministerio de Gobierno. Además, los bancos y otras empresas privadas de Panamá tendrían que invertir en personal adicional para efectuar los informes que dicha oficina especializada necesitaría (o preferirían cerrar y despedir personal para no incurrir más gastos). Canadá, con muchos mayores recursos que Panamá, admite que no tiene suficientes fondos para llevar a cabo intercambios de información y como resultado, cree que dichos intercambios prácticamente no son recíprocos (Zagaris, Abril 25, 2001).

Uno de los efectos más impredecibles de los acuerdos tributarios es la posibilidad de que Estados Unidos pueda compartir la información que se ha recabado bajo un TIEA con un tercer país que sea signatario de otro acuerdo. Imaginemos un ejemplo: como E.U. puede ocasionalmente gravar con impuestos la renta de extranjeros que llevan más de 30 días en la nación del Norte, bajo un TIEA con Panamá, podrían requerir que Panamá suministre información acerca de un venezolano que tiene fondos en Panamá y lleva 2 meses en Florida huyendo de la inestabilidad en su país. En principio sería una extraordinaria herramienta para detectar a corruptos, pero como el actual presidente venezolano ha condenado a toda la clase empresarial de su país como “oligarquía inmoral y cobarde” (AFP, Diciembre 11, 2001), la autoridad fiscal de Venezuela podría utilizar el acuerdo tributario con E.U. de 1999 para exigir que comparta la información recopilada en Panamá sobre empresarios venezolanos que participen en paros patronales. Un banquero en Florida expresó la preocupación de sus clientes colombianos, quienes en su mayoría huyen de una minoría narcoguerrillera que aterroriza a ese país, de que la información recabada por los E.U. vaya a parar en Colombia bajo el acuerdo tributario de 1993 y de ahí ser interceptada por espías de secuestradores (Insight, Julio 30, 2001).

Los ejemplos anteriores podrán parecer exagerados ahora, pero como nos han enseñando las corridas bancarias, para el depositante la percepción puede ser más importante que la realidad. A pesar de que los bancos panameños llenan montañas de reportes sobre depósitos extranjeros y de que la información es sujeta a inspección de las autoridades locales y del Departamento del Tesoro bajo la calificación de “Intermediario Calificado” que tiene Panamá, los latinoamericanos que no están involucrados en narcotráfico y otros delitos mantienen la confianza en el sistema bancario panameño bajo la percepción de que existe confidencialidad bancaria. Al ratificar Panamá un TIEA dicha percepción se desvanecerá, reemplazada por el temor a la triangulación o de que Panamá ratifique acuerdos de información con países latinoamericanos inestables. La huída de depósitos extranjeros podría afectar a los bancos que a su vez prestan dichos fondos a las empresas panameñas y hasta causar una reducción en la planilla de 13,000 empleados que actualmente reciben del centro financiero US$40 millones en salarios cada trimestre (Carta Bancaria, 2001), sin perjuicio de su efecto negativo en la empleomanía de empresas de cómputo, contabilidad, abogacía, limpieza, seguros y otras que dependen de los bancos.

Es desconocido si el interés de la actual administración en un Acuerdo de Libre Comercio con E.U. y la limpieza de bases militares haya motivado a cambio a entrar en la negociación del acuerdo tributario TIEA. En todo caso, se deben estudiar con mayor detenimiento los verdaderos efectos de este acuerdo tributario en la ya decelerada economía de Panamá a fin de asegurar de que sean sus beneficios sean duraderos y su implementación no cause un decrecimiento económico permanente.

Keyword: Tratado de Doble Tributación,

domingo, 16 de mayo de 2010

Retorsión permite aplicar un trato equitativo

JUEVES JURíDICO Comentarios a la Ley No. 58 de 12 de diciembre de 2002 Que establece medidas de retorsión en caso de restricciones discriminatorias extranjeras contra la República de Panamá

Somos partícipes de la aplicación de las medidas de retorsión como mecanismo para hacer frente a discriminaciones comerciales extranjeras, consistente en la aplicación de restricciones a la participación en contrataciones públicas o concesiones administrativas en el territorio nacional, a las personas naturales o jurídicas de cualquier país que discrimina contra la República de Panamá.

No es justo el que se permita que cualquier país en sus leyes, reglamentos, prácticas, resoluciones, fallos o sentencias discriminen en contra de cualquier persona natural o jurídica, bien, servicio, obra pública, arrendamiento, valor, título o fondo de procedencia panameña.

Consecuentemente se impone la aplicación de un trato recíproco por parte de la República de Panamá, así como a las medidas de retorsión específicas a las que se refiere la Ley No. 58, sin perjuicio de que la República de Panamá, a su vez, tome todas o cualesquiera acciones necesarias para impugnar dichas medidas discriminatorias ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y/o cualesquiera otras entidades internacionales competentes.

Con ello se defiende la dignidad de nuestro país como ente soberano y los resultados no se han hecho esperar; citamos, por ejemplo, el caso del gobierno español que firmó un "principio de acuerdo" para excluir a Panamá de la lista de Paraísos Fiscales y evitar con ello la penalización de empresas españolas interesadas en invertir en la ampliación del Canal; un proyecto que costará más de 5,250 millones de dólares.

Muchos mantienen el criterio que los problemas de doble tributación y los servicios financieros que ofrecen las sociedades anónimas panameñas han llevado han a Panamá a integrar la lista de paraísos fiscales que elabora la OCDE; no obstante desde el 2001 la OCDE incluyó a Panamá en la lista de paraísos fiscales "cooperante", lo que deja la vía libre a que cada país lo retire de su propia lista negra.

No es cierto que Panamá sea un paraíso fiscal. No se nos puede achacar culpa por nuestro sistema territorial en materia impositiva; se trata de un sistema vigente en la actualidad y al cual hemos accedido como Estado Soberano. Entre las ventajas de la citada Ley de Retorsión, en nuestra apreciación, tenemos:

1. Constituye un medio efectivo de defensa de nuestros intereses.

2. Permite el que se le pueda aplicar un trato equitativo a aquellos países que nos discriminan.

3. Exalta el carácter soberano del Estado Panameño; defendiendo la dignidad nacional.

4. Da un nuevo impulso a las relaciones económicas y comerciales; pues conlleva a que se pase de una situación pasiva a una definición concreta.

Nos parece muy justa la aplicación de los parámetros contenido de los artículos 3 y 4 de la Ley ya que una vez identificada la discriminación, el gobierno panameño consultará, en un plazo de seis meses, con el gobierno que ha adoptado la medida discriminatoria para lograr una solución bilateral del caso, mediante un acuerdo que elimine los efectos de dicha medida.

Si transcurrido el plazo establecido no se ha logrado un acuerdo satisfactorio para ambas partes, el respectivo país será incluido mediante resolución interministerial motivada de los ministerios de Comercio e Industrias, de Relaciones Exteriores y de Economía y Finanzas, en la lista de países que discriminan contra la República de Panamá.

Esta lista tendrá carácter público e indicará la naturaleza de la discriminación, lo que les permitirá a los representantes del país que discrimina contra la República de Panamá, o a otras personas con interés demostrado, presentar los argumentos apropiados que favorezcan su exclusión. Dicha lista será actualizada según sea necesario y cuando menos una vez al año.

Un país será excluido de esta lista mediante resolución motivada del Ministerio de Comercio e Industrias, una vez que cese la discriminación contra los intereses panameños o se obtengan seguridades satisfactorias de su cesación, por conducto de los canales diplomáticos o bilaterales apropiados al caso.

Luego de evaluar todos los aspectos del caso, el Presidente de la República y el Consejo de Gabinete decidirán si se aplican o no las medidas de retorsión a los países que se encuentran en la lista de los que discriminan contra la República de Panamá.

Finalmente, haciendo un balance, creemos propicia la efectiva aplicación de esta Ley en el marco de un Estado Soberano e Independiente.

El segmento Jueves Jurídico es una gentil contribución del licenciado José Augusto Díaz a horacero.com.pa

viernes, 14 de mayo de 2010

Declaración Jurada para Licitar en Panama


MODELO DE DECLARACIÓN JURADA
(Para Aplicación de Medidas de Retorsión)

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la Ley No.58 de 12 de diciembre del 2002, el (la) suscrito (a): varón / mujer, de nacionalidad__ , mayor de edad, (profesión), (estado civil), con cédula de identidad personal No. __, vecino (a) de esta ciudad, actuando en mi condición de Representante Legal de la empresa __, sociedad debidamente constituida conforme a las leyes de la República de Panamá, a Ficha: __Tomo: __, Rollo: __, Imagen: __, con domicilio en __, Teléfono: __; certifico lo siguiente:
1- Que no es una persona de un país al que se le aplican las medidas de retorsión conforme a la Ley No. 58 de 12 de diciembre de 2002.
2- Que no es controlada directa o indirectamente por una persona de un país al que se le aplican medidas de retorsión, conforme a la Ley No.58 de 2002.
3- Que al presentarse como proponente no actúa en representación de una persona o entidad de un país al que se aplican las medidas de retorsión, conforme a la Ley No.58 de 12 de diciembre de 2002.
4- Que en la ejecución de la contratación pública de que se trate y de las obligaciones dimanantes de ésta, el valor de sueldos, bienes, servicios, obras públicas, arrendamientos, valores, títulos o fondos a proveer por parte del contratista, que proviene de países a los cuales se les aplican las medidas de retorsión conforme a la Ley No.58 de 12 de diciembre de 2002, no superará el diez (10%) del valor total de la contratación pública, o el diez por ciento (10%)
del valor anual de dicha contratación pública, si ésta es de naturaleza renovable o recurrente, en cada período para el cual sea renovado o extendido.
Dada en la ciudad de , a los __ días del mes de ______ de 2008.
Representante Legal (Nombre de la Empresa)

domingo, 2 de mayo de 2010

Suiza y Luxemburgo, un modelo fiscal a seguir


Manuel Llamas
La existencia de competencia fiscal entre países permite la evasión legal de capitales y empresas hacia países más benevolentes y tolerantes con sus ciudadanos.
2009-07-17

La competencia es sana. Este principio fundamental del libre mercado es de aplicación tanto en el ámbito privado como público. Por ello, todo intento por alcanzar una determinada armonización fiscal, ya sea a nivel de países o regiones, viola drásticamente tal enunciado. Si en algún momento los organismos supranacionales lograran imponer una presión fiscal homogénea en una determinada región, ésta, por norma, tendería a crecer con el paso del tiempo. Al menos, así nos lo muestra la experiencia de la historia. El poder tiende a aumentar inexorablemente sin barreras.
El proceso contrario consiste, precisamente, en mantener la existencia de políticas tributarias diferenciadas para que las entidades políticas compitan entre sí en la captación de recursos. Por desgracia, la actual lucha contra los refugios fiscales amenaza la vigencia de dicha competencia administrativa. Y es que, tal y como muestra un reciente estudio del Institut Constat suizo, la diversidad de modelos tributarios actúa como un contrapeso eficaz contra los impuestos elevados.
El citado estudio elabora un original índice de opresión fiscal en el que, mediante la medición de determinadas variables, indica qué países de la OCDE son los más benevolentes con los derechos de propiedad de los individuos. Suiza y Luxemburgo encabezan este particular ranking, ya que gozan de la "opresión fiscal más baja", seguidos de Austria y Canadá. Por el contrario, los estados más opresores son, por este orden, Italia, Turquía, Polonia, México, Alemania, Holanda, Bélgica, Hungría, Francia y Grecia. España se sitúa en la zona media de la tabla (puesto 17), con un índice "opresor" de 5 puntos.
El informe carga contra la lucha que las grandes potencias por eliminar los paraísos fiscales, e incide en que el objetivo último de esta guerra consiste en imponer impuestos comunes a nivel internacional. El ejemplo más claro es el de la UE. El Estado de Bienestar, implantado en la mayoría de los países desarrollados, es una bomba de relojería que, tarde o temprano, acabará estallando.
Los actuales niveles de recaudación hacen insostenible el sistema a largo plazo. El progresivo envejecimiento de la población, el aumento del gasto público y el incremento sustancial de la deuda gubernamental para combatir la crisis económica ensombrecen, aún más, la ya de por sí inviabilidad del modelo. La existencia de competencia fiscal entre países permite la evasión legal de capitales y empresas hacia países más benevolentes y tolerantes con sus ciudadanos.Como es lógico, tales facilidades son percibidas como un gran obstáculo a la hora de subir impuestos de forma coordinada, tal y como pretende la actual elite política. La descentralización en esta materia es, pues, vital para proteger los derechos inalienables del hombre libre.© AIPE
Manuel Llamas es jefe de Economía de Libertad Digital y miembro del Instituto Juan de Mariana.



domingo, 25 de abril de 2010

Iconos franceses huyen a impuesto a fortunas



21 de febrero de 2007
Competencia fiscal y mejores salarios
por Martín Krause
Martín Krause es rector de la Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas.
En Francia se desarrolla actualmente un intenso debate tras la decisión de Johnny Halliday, el Elvis Presley francés, de exiliarse en Suiza hasta que Nicolas Sarkozy gane las elecciones y derogue el “impuesto solidario sobre las fortunas”.
Suiza permite que extranjeros ricos se conviertan en residentes si permanecen por seis meses y un día. Luego pagan un impuesto fijo basado en sus gastos, tales como alquileres o propiedades en Suiza, en lugar de un porcentaje sobre sus ingresos.
Según Arnaud Monteburg, diputado del Partido Socialista y vocero de la candidata presidencial Ségolène Royal, la actitud de Halliday es un “chantaje sobre las decisiones redistributivas del legislador”. El diputado socialista no solamente ataca al cantante por falta de solidaridad sino que arremete contra Suiza debido a que las sedes de las principales empresas internacionales, como Hewlett-Packard, Gillette, Procter & Gamble, Ralph Lauren, Colgate-Palmolive, Pfizer, Cisco, General Motors y otras han preferido instalarse en cantones suizos, especialmente en Ginebra. Así otros países europeos dejan de percibir millones de euros en recaudación de impuestos, obligándolos a reducir tasas impositivas para hacerle frente a esa competencia.
El cantón de Ginebra cobra impuestos de 6,4% a las ganancias de las empresas, en comparación con el 33% en Francia, 30% en Inglaterra y también 30%, en promedio, en Alemania. Monteburg se pregunta por qué no reaccionan los otros países europeos contra tales prácticas “predatorias”, las que han llevado a una reducción de la tasa impositiva promedio de 45% a 30% en los últimos 20 años.
Monteburg alega que la reducción de los impuestos a las ganancias empresariales reduce la remuneración del trabajo. A esto responde Xavier Méra, investigador del Institut Economique Molinari, diciendo que, por el contrario, cuanto más baja sea la tasa impositiva más rentables son las inversiones, lo cual estimula inversiones adicionales y, por consiguiente, mayor demanda de factores de producción, incluyendo la mano de obra. Entonces, la realidad es que a menores impuestos, mejores sueldos.
La competencia fiscal es un hecho, intensificado a partir de la globalización. Los capitales pueden elegir las jurisdicciones donde más les conviene establecerse. No solamente toman en cuenta las tasas impositivas, sino muchas otras variables como la seguridad jurídica, la estabilidad de la moneda y los costos de los servicios. Resulta obvio que un cantón suizo con una tasa del 6% es muy atractivo, pero la pregunta es cómo logra ese gobierno local ofrecer servicios de tan buen nivel con una reducida recolección de impuestos. La respuesta es que se trata de un estado más eficiente y es la competencia lo que más desagrada a los perdedores. El diputado francés termina diciendo que no importa tanto que se vaya Halliday, o incluso Alain Delon. Cierto, el problema es que se van las inversiones y habrá desempleo, como también salarios más bajos para los franceses, si sus políticos insisten en altos impuestos para financiar sus gastos excesivos.
Artículo de la Agencia Interamericana de Prensa Económica (AIPE) © Todos los derechos reservados. Para mayor información dirigirse a: AIPEnet

jueves, 18 de febrero de 2010

Eliminación de acciones al portador ayudará al secuestro y la extorsión

GUATEMALA, jueves 18 de febrero de 2010

Opinión | AL GRANO

Finalmente, ¡llegamos al paraíso!

Es probable que la decisión del Gobierno francés no tenga efectos sensibles en el plazo inmediato.

Eduardo Mayora Alvarado emayora@sigloxxi.com

Al fiscal, según el gobierno de Francia. Por supuesto, a quienes pagan sus impuestos de acuerdo con las reglas legales aplicables en nuestro país, tal clasificación de nuestro sistema tributario tiene que parecerles una broma de mal gusto. Pero es algo peor que eso, mucho peor.

El problema puede describirse de dos maneras. Una, el hecho de que ciertas circunstancias que, en sí y de por sí, nada tienen de reprochables, hayan sido abusadas por muchas personas y empresas en Guatemala a lo largo de los años; la otra, el hecho de que a nivel global se haya comenzado a aprovechar dichas circunstancias por personas o grupos peculiarmente peligrosos, para objetivos particularmente nocivos.

En efecto, la protección jurídica del secreto bancario, la posibilidad de emitir acciones de sociedades mercantiles al portador, o la circunstancia de que nuestro sistema tributario sea territorial (no se paga impuestos por rentas provenientes del extranjero), no tienen nada de malo en sí y de por sí. Empero, cuando se combinan para evadir impuestos o para lavar dinero proveniente de actividades ilícitas, de buenas, dichas circunstancias pasan a ser vistas como herramientas delictivas. Y cuando encima los depósitos bancarios que se esconden o los dineros que se lavan provienen de operaciones de narcotráfico, del terrorismo o del tráfico ilegal de armas, la situación todavía se complica más.

No hace mucho tiempo uno de los grandes bancos suizos se vio obligado a transigir ante las autoridades federales de los Estados Unidos, proporcionándoles información sobre clientes suyos sujetos a la jurisdicción de ese país, supuestamente involucrados en actividades de evasión fiscal. En torno a ese caso y la situación mundial en general, la Confederación Helvética misma tuvo que aceptar que, cuando se esté en presencia de investigaciones relativas a la posible comisión de delitos, sí proporcionará o dará acceso a información bancaria privada.

Es probable que la decisión del Gobierno francés, en lo que a Guatemala concierne, no tenga efectos particularmente sensibles en el plazo inmediato, puesto que no han sido las inversiones de ese país en Guatemala mayormente significativas. Sin embargo, no me cabe duda de que, en materia de intercambio de información financiera con gobiernos u órganos investigadores de otros países, de la posibilidad de emitir acciones al portador, o de crear sociedades meramente “de papel”, el círculo se está cerrando.

Como implicaba al principio, pagarán el pato las personas que sí cumplen con sus impuestos y realizan negocios lícitos. Saldrán afectados aquellos a quienes el secreto bancario y las acciones al portador les daban cierta protección contra delitos como los de secuestro o la extorsión, pero la globalización trae consigo ventajas y costos. Entre estos últimos, tarde o temprano Guatemala tendrá que acoplarse a los estándares ya más o menos definidos a nivel internacional, relativos a ese concepto que con tanta frecuencia figura hoy en día en las páginas de los diarios: “la transparencia”.

Por supuesto, también en este contexto debe procurarse que los costos se minimicen y que las medidas que se adopten vayan a la regla general y no a los casos excepcionales, de modo que tampoco se agobie a cien justos para atrapar a un pecador…


ESCRIBA UN COMENTARIO
René Villatoro 18-02-2010 11:19:46 horas
A eso se le llama Criminalización del inocente, es decir que usted o cualquiera, por el solo hecho de hacer un depósito algo grande (producto de la venta de una casa, pongamos por ejemplo), inmediatamente va a ser objeto de escrutinio, no sólo por parte de las autoridades nacionales, sino lo peor, ¡por extranjeros! Algo que llama poderosamente la atención es la ausencia de protestas de aquellos que chillan contra cualquier intervención extranjera (¿recuerdan de la CICIG?) pero ante esto no dicen ni pío.

http://www.sigloxxi.com/opinion.php?id=2752



Proyecto de Ley para eliminar acciones al portador