miércoles, 31 de julio de 2013

Tarde en la Comisión de Economía

En un solo día fue aprobado por la Comisión de Economía de la Asamblea el Proyecto de Ley 568 para restringir las acciones al portador.   Luego de las sustentaciones por parte del Vice Ministro de Finanzas De Lima y el Administrador Cucalón de la Autoridad Nacional de los Ingresos Públicos, se le concedió la palabra a las siguientes personas: Licenciado Jaime Alemán en representación de la firma de abogados Alemán, Cordero, Oalindo & Lee; licenciado Raúl Guisado de la Asociación Bancaria de Panamá; licenciada Gisela de Porras, abogada independiente; Mercedes Araúz Grimaldo, ex presidente del Colegio Nacional de Abogados; Enrique De Alba de la firma de abogados Morgan & Morgan; y Fernando Gómez, abogado independiente y economista.
En el curso del debate intervinieron en el uso de la palabra los H.D. Adolfo Valderrama, manifestando su posición a favor del proyecto de ley con la preocupación de escuchar con mayor amplitud la posición de los grupos que se oponen a esta iniciativa; el H.D. Crispiano Adames Navarro, manifestando su deseo de conocer que efectos económicos pudieran darse con la implementación de esta Ley; el H.D. Renaúl Domínguez, manifestando su preocupación por el poco tiempo que se ha otorgado para el análisis del proyecto dada su connotación técnica; el H.D. Rony Araúz, manifestando que es una excelente oportunidad para que Panamá se ponga a compás de los estándares de transparencia que demandan los organismos internacionales; en general se hicieron cuestionamientos al proyecto que fueron absueltos por el licenciado Dado Espinoza, Vice Ministro de Finanzas y el licenciado Luis Cucalón de la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos.
Firmaron el Informe los diputados Nelson Jackson Alma, Luis E. Lay Milanes, Rony R. Arauz G., Absalon Herrera, Hector E. Aparico, Juan Carlos Arosemena, Crispiano Adames Navarro y Renaul A. Dominguez V.   No firmó Adolfo T. Valderrama
El abogado Fernando Gómez nos da sus impresiones de la sesión.



LA VOZ CALIFICADA

TARDE EN LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y FINANZAS
LEGISLACIÓN
FERNANDO GÓMEZ ARBELÁEZ


Raramente las sesiones de una comisión legislativa de la Asamblea Nacional empiezan a la hora programada, pero ese nublado martes 23 de julio iba a resultar en una contada excepción.  


Luego de que el reloj hubiera marcado las dos de la tarde, hora formal de la convocatoria a sesión, el recién estrenado presidente de la Comisión de Economía y Finanzas —diputado que había jurado el cargo, a la par que los demás miembros de la Comisión, el día anterior— daba inicio al primer debate del controversial proyecto de ley 568, “que adopta un régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador”.



El debate no era novedad: este proyecto, originalmente presentado a la Asamblea por el Ministerio de Economía y Finanzas en febrero pasado bajo las presiones de la llamada Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y su Foro Global, comenzó meses atrás en una comisión constituida por otros diputados.  


En abril, luego de que ese ministerio comunicara a algunos interesados, por medio de un escueto mensaje de correo electrónico, que el documento no progresaría, el debate legislativo se detuvo de manera abrupta.  Sin explicaciones del Gobierno ni de la Asamblea, estaba por reiniciarse en julio de parte de diputados que en su mayoría no habían considerado el tema previamente.



El salón de reuniones, de por sí bastante reducido, era insuficiente para acoger a los participantes.  En un limitado espacio se aglomeraban los comisionados junto a los particulares, incluyendo a abogados, banqueros, representantes de gremios y entidades marítimas, entre otros.  Por el lado de las autoridades se encontraban un novel viceministro de Finanzas con varias semanas en el cargo y el director de la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos (ANIP).



Pocos diputados hicieron uso de la palabra.  A pesar de que el proyecto de ley cubre un denso material técnico distribuido en 27 extensos artículos, ninguno hizo preguntas sobre ellos ni discutió su contenido. 



El protagonismo del debate, centrado en la conveniencia o no del proyecto, quedó en manos de los particulares y funcionarios invitados, a quienes el presidente ofreció con amplitud la oportunidad de intervenir.  No muchos, sin embargo, tomaron el micrófono.  Unos abogados lo defendieron, alegando que el régimen actual de sociedades anónimas había dejado de ser práctico y rentable, por lo que acceder a las solicitudes del Foro Global de la OCDE no debería producir implicaciones negativas para el país.



Otros, por su lado, en especial abogados del sector marítimo, observaron que el proyecto pone en peligro a la marina mercante en el registro panameño, dado que las acciones al portador de los principales competidores de Panamá, como Liberia y las Islas Marshall, no tienen las restricciones que el proyecto impone a las sociedades panameñas.  Recordaron que incluso el Departamento del Tesoro de Estados Unidos ha aceptado públicamente que nuestro país, bajo la Ley 2 de 2011, exige conocer a quienes estén detrás de las acciones al portador, requiriendo cierta información que un abogado debe obtener para identificar plenamente a su cliente, so pena de sanciones para quienes la incumplan.



De parte de los funcionarios, el futuro era uno de oscuros nubarrones, tantos que quizá no  habría futuro para Panamá si este proyecto dejaba de ser aprobado.  En su opinión, Panamá quedaría en una de esas tantas “listas oscuras” de denominados “paraísos fiscales” que rutinariamente son elaboradas por los países ricos y su cartel, que es la OCDE.  Agregaban que la inversión extranjera caería y los créditos de las instituciones financieras internacionales serían suspendidos, dejando al país en iliquidez.  



En otras palabras, nuestro desarrollo socioeconómico quedaría obstaculizado por quienes nos siguen considerando como “paraíso fiscal”.  Esta amenaza, nunca explicada en detalle y menos enfrentada internacionalmente por las autoridades panameñas, ha sido uno de los factores para que algunos banqueros, preocupados por la pasividad de estas ante semejante posibilidad, urgieran su apoyo al proyecto.  Se habló hasta de la obligación de cumplir con un supuesto “tratado con el Foro Global” —no de la obligación de cumplimiento que los demás países tienen bajo auténticos tratados firmados con Panamá— y de otras premoniciones infernales que tampoco fueron sustentadas.



Al final de la tarde, el proyecto fue aprobado por mayoría, con tres abstenciones y ningún voto en contra.  Su compleja redacción pasó sin análisis, al igual que sus planteadas consecuencias.  Dos cortos días después, el jueves 25 de julio, sin que ningún particular, organización o gremio interesado fuera invitado, el pleno de la Asamblea votó apresuradamente el proyecto 568 en segundo debate, también sin que recibiera una discusión relevante entre los diputados.



No cabe duda de que en su aventurada premura legislativa, los diputados abandonaron su deber de profundizar en las realidades y efectos nocivos que este proyecto, uno que los propios funcionarios dan a entender es el resultado de un velado chantaje de ciertos países ricos, tendrá para Panamá.



Tarde será cuando los diputados adviertan que su aprobación implica un injustificado reconocimiento tácito a las aseveraciones de quienes afirman que el régimen legal panameño, en sus 86 largos años de continua aplicación desde que fuera adoptada la Ley 32 de 1927 sobre sociedades anónimas, ha carecido de transparencia. 



Tarde será cuando adviertan que Panamá ha podido defender sus leyes mediante estrategias inteligentes y esfuerzos concertados, a cambio de la notoria sumisión de autoridades que no tienen la voluntad o la capacidad de enfrentar esos retos a nivel local e internacional. 



Tarde será cuando adviertan que al ceder Panamá ante presiones externas y demostrar así la debilidad de su gobierno, brinda una nueva oportunidad para caer objeto de presiones adicionales por parte de quienes no se cansan de poner etiquetas negativas de cualquier tipo a Panamá.



Tarde será para advertir que con este proyecto de ley, Panamá ha cedido nuevamente, tal como en 1903, su soberanía nacional.


Más en www.martesfinanciero.com



martes, 30 de julio de 2013

Aprobado en Tercer debate régimen de custodia de las acciones emitidas al portador

Sin haber la presencia de la directiva del Colegio Nacional de Abogados - el gremio de abogados más grande de Panamá - o haber invitado a forjadores del centro financiero como Eduardo Morgan, Jr., en 3er debate se dió la aprobación de las restricciones a las acciones al portador.   Queda ahora pendiente la sanción presidencial y las respectivas acciones de inconstitucionalidad.

Es bastante probable de que Panamá no estará en la actual lista discriminatoria de la OECD, pero es bastante seguro de que en el futuro otra organización extranjera inventará otra lista discriminatoria para seguir erosionando la competitividad del centro financiero istmeño.




Aprobado en Tercer debate régimen de custodia de las acciones emitidas al portador
El pleno de la Asamblea Nacional de Diputados aprobó el Proyecto de Ley N° 568 “Que adopta un régimen de custodia de las acciones emitidas al portador”, normativa que busca preservar la imagen de Panamá como país cooperador en la lucha contra el mal uso de los servicios financieros, y que pone a tono a la Nación con la legislación internacional, en relación al tema.

Frank De Lima, titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Darío Espinosa, Viceministro de Finanzas y Andrés Fuentes De León, Secretario General de esta institución, asistieron al pleno de la Asamblea Nacional de Diputados, al momento de la aprobación del Proyecto de Ley N° 568.

El régimen de custodia de las acciones emitidas al portador permitirá al Estado panameño cumplir con los compromisos adquiridos por previas administraciones con el Foro Global sobre la Transparencia e Intercambio de Información; igualmente contribuirá a evitar la inclusión de Panamá en listas discriminatorias que puedan afectar la competitividad de los diferentes sectores de la economía de nuestro país.

La normativa fue respaldada por estudios técnicos realizados por la Superintendencia de Bancos de Panamá y forma parte de la estrategia que comenzó el Gobierno Nacional, en el 2009 para preservar la buena imagen de Panamá, como país cooperador en la lucha contra el mal uso de los servicios financieros, prevenir el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo.

Se establece la custodia de los certificados de las acciones emitidas al portador, a través de un custodio autorizado, sean estos bancos, casas de valores o abogados con el control de la Sala Cuarta de Negocios de la Corte Suprema de Justicia, en un registro especial; la misma entrará a regir al segundo día hábil, luego de dos años de haberse promulgado como ley de la República de Panamá. 

http://www.mef.gob.pa/es/noticias/Paginas/aprobadaregimencustodiaaccportador.aspx#.UgKVudKUR2I

Islas Marshall y Liberia esperan aprobación de proyecto de acciones al portador

Islas Marshall y Liberia son países cuyas flotas mercantes se expandirán al firmar el Presidente Martinelli el proyecto para restringir Panama sus acciones al portador.





EL MUNDO POR BANDERA
Alvaro Santana
El término  bandera de conveniencia  tiene una carga negativa que  muchos expertos del sector  rechazan. Se les llama también pabellones de conveniencia, registros abiertos, registros refugio o incluso banderas pirata y se asocia a modelos con pocos controles e importantes ventajas fiscales y laborales.
Los  principales registros abiertos del mundo son Liberia, Islas Marshall, Hong Kong, Singapur, Bahamas, Malta, Grecia China, Chipre... pero sobre todo Panamá, el país que más barcos abandera en todo el mundo (ver cuadro).
Pese  a la “mala fama” de los registros abiertos entre los “países desarrollados”, muchos de ellos disponen de una figura llamada segundo registro nacional con unos niveles de control y unas leyes laborales, económicas y fiscales casi iguales para evitar la fuga de los buques nacionales a otros registros más interesantes para las navieras (como es el caso de Panamá).
“Muchos  hablan de banderas de conveniencia. Nosotros creemos que esta expresión está desfasada,  pues  no es más que una  forma de reproche por la fuga de intereses económicos hacia  países como el nuestro”, señalan desde Amya abogados, especializado en derecho  marítimo.
Los puntos fuertes
Además, abanderar en el istmo tiene otras ventajas:¿Por qué Panamá es el país preferido para abanderar barcos? Fundamentalmente porque se trata de  un  registro con leyes, reglas y atención  operativa de primer orden,   homologadas por la Organización Marítima Internacional. Esto equipara el registro de Panamá con el de casi cualquier país del  mundo.
- Evita restricciones políticas en la libertad del  comercio.
- Evita la inestabilidad política y las acciones de   gobiernos contra naves de ciertas nacionalidades por motivos no  aprobados en la  comunidad internacional.
- Tiene costos reducidos a la hora de registrarse, en impuestos u otras  obligaciones fiscales.
- Evita  restricciones para contratar  tripulantes no nacionales.
- Se facilita el financiamiento marítimo, pues países como Panamá  dan una categoría privilegiada o un rango superior  a los créditos  bancarios.
- Permite el abanderamiento temporal de naves arrendadas y fletadas.
Morgan & Morgan es otro de los despachos panameños especializados en derecho marítimo. Una de sus abogadas es Gianela Rivas, quien asegura que “la bandera de Panamá tiene mucha seguridad en lo que se refiere a la hipoteca. Los bancos confían en el sistema registral, en el sistema de ejecución de hipotecas y en la seguridad jurídica de  Panamá”.
Otra de las ventajas que destaca Rivas es que el registro cuenta con personal técnico capacitado, oficinas 24 horas, “y además, tiene consulados de marina mercante en los principales puertos del mundo: Londres, Tokyo, Kobe, Pireos, Estados Unidos, entre otros,  lo que permite, por ejemplo, registrar un título de propiedad y la hipoteca sobre el buque en el área donde se encuentre”.
Como presidente de la Cámara Marítima de Panamá, Willys del Valle  conoce las ventajas del abanderamiento en nuestro país. Además de las ya citadas, Del Valle destaca que Panamá trabaja con sociedades de inspección y seguridad “reconocidas en todo el mundo”,  lo que da garantías al  proceso de registro.
Además,  señala que el país “carece de restricciones en cuanto a participación de capitales de cualquier nacionalidad en la propiedad sobre las naves” y que “hay oficinas de abogados en los principales puertos del mundo, bien preparados y con conocimiento de las leyes  panameñas”.
¿Qué gana Panamá?

Juan David Morgan Jr., socio de Morgan & Morgan, señala que solo el  registro  y renovación  de abanderamiento  puede suponer unos $150 millones anuales,  pero que “si se suma el efecto del registro en las empresas y los ingresos indirectos, la cifra podría llegar a los $300 millones”.
Morgan destaca, además, que esta cantidad proviene en su totalidad del extranjero.
Entre los servicios subsidiarios que se benefician del abanderamiento están  “los servicios de abogacía, traducción y notariado”, comenta Del Valle, quien asegura que “de unos 30 años para acá, el abanderamiento ha contribuido  al establecimiento de sociedades de inspección y administradores de cuentas de radio”.
Del Valle agrega que el inminente Centro de Conciliación Marítima y Arbitraje de Panamá “será un servicio adicional  de gran beneficio para los barcos abanderados en Panamá”.
En el otro lado de la balanza, desde el despacho Amya comentan que en  cada abanderamiento “Panamá asume ciertas responsabilidades,  como  proteger la vida humana en los buques  de nacionalidad panameña,  proteger la navegación y el medio ambiente marino, etc.”.
Manuel  Aguirre es capitán de un barco para la naviera Caribana Line. Con 10 años de experiencia en el sector, Aguirre reconoce que la bandera panameña “es fundamental por un tema de costos” y que “la tripulación sale más económica porque se aplica el Código de Trabajo panameño”. En su caso, el barco Caribana Express cuenta con tripulación mayoritariamente cubana y panameña.
“La bandera panameña es buena para navegación internacional, aún se ve como bandera de conveniencia pero el registro ha mejorado mucho”, comenta.
Mayor agilidad
Pese al buen funcionamiento general del registro y abanderamiento en Panamá, Juan David Morgan comenta que “se necesita mucha más inversión en tecnología, ofrecer un servicio aún más competitivo”.
Morgan pone como ejemplo que  los consulados puedan registrar de forma independiente un título o una hipoteca sobre un buque en lugar de la necesidad de tener que depender de la oficina central de Panamá.
El abogado  reprocha, por último,  que la Autoridad Marítima de Panamá “sea considerada  como un botín político de los gobiernos de turno”, ya que, en su opinión,  “el resultado ha sido una pérdida gradual de competitividad frente a otros países”
Ver texto completo en http://www.martesfinanc iero.com/history/2013/07/23/dossier_5.asp

lunes, 29 de julio de 2013

Todavia hay acciones al portador



Constitución empresas Islas Marshall

La constitución de empresas offshore en Islas Marshall posibilita disfrutar de una total exención de impuestos, con unos costes y requisitos administrativos mínimos.
Las Islas Marshall conforman un estado independiente en el Pacífico, compuesto por dos archipiélagos y diferentes arrecifes que suman 1152 islas. Están situadas a medio camino entre Hawai y Filipinas. Las Islas fueron descubiertas por los españoles en 1529, pero disputadas por los británicos, a los cuales deben su nombre. En 1874 se reconoció la soberanía española sobre las islas, pero sólo diez años más tarde se vendieron a Alemania. Cedidas a los japoneses al principio de la primera guerra mundial, fueron finalmente ocupadas por los Estados Unidos en 1944, los cuales establecieron un fideicomiso sobre las islas con el auspicio de la ONU. Este duró hasta el año 1990, momento en el que el país obtuvo su independencia.
El desarrollo como centro financiero offshore comenzó con la propia independencia del país y, aunque no es una de las jurisdicciones más conocidas y populares, cuenta con uno de los marcos legales más atractivos en cuanto a flexibilidad, privacidad y protección del patrimonio. El sistema legal es similar al norteamericano, inspirándose en la legislación corporativa del estado de Delaware, aunque incorporando algunos elementos británicos.
El sector bancario es muy limitado, existiendo solamente un banco local y delegaciones de dos bancos estadounidenses. No obstante, Forefront Corporate Services, Ltd. puede asistir en la apertura de cuentas para compañías marshalesas en entidades bancarias de primer orden de otros países, lo que incluso añade una mayor privacidad a la estructura. Debido a que las islas utilizan el dólar como moneda oficial, no existe un banco central propio, lo que ha propiciado la eliminación total de los controles de cambio. Compañías y personas residentes en Islas Marshall tienen total libertad de movimiento de capitales.

Lo más destacado: acciones al portador, posibilidad de emisión pública de acciones, constitución de LLC's y registro de embarcaciones.
Las Islas Marshall son una jurisdicción multi-propósito al ser adecuada para un gran número de actividades, especialmente las relacionadas con el comercio internacional. En primer lugar destacan por ser uno de los escasos lugares en el mundo que todavía permiten el uso sin restricción de acciones al portador (bearer shares), al contrario que en otros países donde existe la obligación a tenerlas inmovilizadas en un banco o institución fiduciaria. La jurisdicción es además una de las únicas que permiten emisión pública de acciones de una sociedad offshore.
El país también es popular para la constitución de Limited Liability Companies (LLC) según el modelo norteamericano y es una de las primeras jurisdicciones del mundo en el registro de embarcaciones.
Las Islas Marshall ya no son un paraíso fiscal según el criterio del G-20 y la  Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). No obstante, siguen siendo consideradas como tal por las legislaciones nacionales de algunos países. 
Convenios de doble imposición y tratados fiscales. Existen tratados con Australia, Dinamarca, Estados Unidos, Finlandia, Groenlandia, Irlanda, Islandia, Islas Faroe, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos y Suecia.
De sociedades extranjeras. net

viernes, 26 de julio de 2013

Proyecto de acciones al portador a tambor batiente



Custodia para acciones al portador, a tercer debate

Los certificados de acciones al portador vigentes tendrán tres años [luego de entrar en vigor la ley] para entregarlos en custodia.
GUSTAVO A. APARICIO O.

26/07/2013 - El proyecto de ley 568 que adopta un régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador fue aprobado ayer, en segundo debate, por el pleno de la Asamblea Nacional.
La discusión de la iniciativa se produjo con la ausencia de representantes de organismos financieros locales y de gremios que habían expresado su rechazo a la propuesta impulsada por el Ejecutivo, por exigencia de organismos internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)
Previo al debate, las bancadas oficialistas de Cambio Democrático (CD) y del Movimiento Liberal Republicano Nacionalista (Molirena) rechazaron un informe de minoría del Partido Revolucionario Democrático (PRD), en el que se advertía que esta norma tendría grandes implicaciones económicas en la formación de sociedades anónimas, la Zona Libre de Colón, el Centro Financiero Internacional, la marina mercante, el Centro de Reaseguros, entre otras actividades económicas.
“El PRD rechaza el proyecto, porque pone en tela de duda la capacidad y la voluntad política del Gobierno para enmendar y promover perspectivas para desarrollo a largo plazo; crea fragilidad en el sistema jurídico; destruye la confianza que tienen los inversionistas en el país; el gobierno continúa demostrando vulnerabilidad ante presiones internacionales y genera desconfianza en las instituciones nacionales”, destaca el informe de minoría del PRD.
NO HAY RIESGOS
El director de la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos (ANIP), Luis Cucalón, acudió al pleno para defender la propuesta impulsada por el ministro de Economía y Finanzas, Frank De Lima.
“Lo único valedero aquí es que Panamá firmó un tratado que tiene que cumplir. Si Panamá no quiere que se le respete como un país que cumple los tratados que firma, entonces no hagamos nada”, precisó Cucalón.
Manifestó que como está la economía mundial, totalmente abierta, no hay tales riesgos. “Más riesgo hay de que nos cerquen por el incumplimiento de estos tratados”, expresó.
Gremios como el Colegio Nacional de Abogados advirtieron en el período de consultas que esta norma, que entraría en vigencia dos años después de su promulgación, producirá pérdidas a la competitividad del país.
Mientras que la Asociación Panameña de Derecho Marítimo aseguró que se pone en peligro la marina mercante, ya que las acciones al portador de los principales competidores de Panamá, como Liberia e islas Marshall, no tienen restricciones.

Ver texto completo en http://www.prensa.com/impreso/panor ama/custodia-acciones-al-portador-tercer-debate/194418


Acciones al portador a tercer debate
2013-07-26 — 12:00:00 AM — Ayer, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el proyecto de ley 568, ‘que adopta un régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador’ y pone a Panamá a un paso de inmovilizarlas como lo requiere la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico para sacar al país de su lista discriminatoria. La discusión en tercer debate se podría estar realizando el próximo lunes 29 de julio. De aprobarse, pasaría a ser sancionado por el presidente, de la República, Ricardo Martinelli. 

Ver texto completo en http://laestrella.com.pa/online/imp reso/2013/07/26/acciones-al-portador-a-tercer-debate.asp

jueves, 25 de julio de 2013

Informe de Asamblea critica autodestrucción del centro financiero


Informe de Minoría que presenta la Bancada de Oposición (PRD) en contra del Proyecto de Ley 568, "Que adopta un régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador". 
ASAMBLEA NACIONAL
SECRETARIA GENERAL
Honorable Diputado
SERGIO R. GÁLVEZ EVERS


Proyecto de Acciones al Portador 568



La Bancada del PRD, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 135 y 143 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, rinde el Informe de Minoría correspondiente al Proyecto de Ley 568 de 2013, IIQue adopta un régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador".
Un estudio del proyecto de Ley 568 demuestra que existe un cambio radical en el modelo económico del país, toda vez que desde hace ochenta y seis años, mantenemos un sistema jurídico sobre el régimen las acciones emitidas al portador que ha permitido el desarrollo de un modelo económico exitoso y competitivo. Es tan grave, que implica una nueva concepción económica y jurídica, las implicaciones serán en todos los sectores económicos y debilita la competitividad en el 70 % de la economía de servicios y afecta hasta el régimen de propiedad privada establecido en la Constitución Política y las leyes de la República.
El PRO ha realizado consultas sobre el tema y llega a la penosa conclusión de que este proyecto de ley ha sido presentado solo para complacer solicitudes de organismos internacionales, sin contar con un análisis previo y mucho menos con la consulta correspondiente.
Se quiere aprobar un proyecto que cuenta con muchas manifestaciones de organismos profesionales en contra. La
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Asamblea Nacional, requiere de madurez y capacidad de diálogo para conocer los Pro y contra de este proyecto. El Estado nacional no puede seguir introduciendo a la legislación nacional cambios cosméticos para favorecer a los pocos en desmedro de los muchos.
El PRD solicita al Ministro de Economía que exprese en forma clara y con estadísticas las implicaciones económicas de este proyecto de Ley 568. Este proyecto no solamente debe tomar en consideración los aspectos relacionados con el sistema bancario nacional, con la operatividad de sociedades anónimas estructuradas en Panamá y que desarrollan actividades fuera del país, tampoco es de interés exclusivo para las empresas navieras que operan dentro y fuera de Panamá. Temas estos de capital importancia y que son vistas con algún nivel de preocupación por organismos internacionales que ejercen cierta presión sobre estas operaciones a través de lo que se ha conocido como la inclusión del país en las llamadas listas negras que no es otra cosa que la coacción de la OCDE contra nuestro país sin que exista una política definida de las autoridades nacionales para defender no solamente la independencia y soberanía nacional sino además aquellas otras estructuras sobre las cuales descansa nuestra propia independencia económica.
Tal como señalamos anteriormente gran parte de las actividades económicas de nuestro país descansan en el régimen de sociedades anónimas con acciones al portador. La actividad comercial, la actividad industrial, el desarrollo empresarial y hasta el régimen de propiedad descansan en este régimen profundamente enraizado en el sistema económico de nuestro país. Dicho de otra manera todas estas actividades y otras que acabamos de enunciar actúan a través de sociedades anónimas con acciones al portador. No es posible que con una sola ley sujeta a un termino de implementación de dos años pueda transformarse un sistema que tiene 80 años de existencia.
Resaltamos el aspecto concerniente al régimen de propiedad privada. En Panamá muchas propiedades y mobiliarias están estructuradas a través de sociedades anónimas con acciones al portador. Detrás de
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esas acciones están personas naturales que al apotre son los verdaderos dueños de esos inmuebles que mantienen su titularidad a través de la posesión de las acciones al portador. Si hoy de la noche a la mañana cambiamos ese sistema a nuestro juicio se puede producir un caos en cuanto al ejercicio de ese derecho de propiedad.
En cuanto al derecho de propiedad una de las características básicas y fundamentales es la tenencia de las cosas, si se cambia este sistema la tenencia ya no va ser una acción al portador sino una acción que por mandato legal va a pasar a manos de un tercero en calidad de custodio; ¿en manos de quién quedaría la titularidad de la propiedad? A nuestro juicio quedaría en manos de un custodio independientemente de las bondades o no o de la seguridad o inseguridad de este sistema de custodio que no está debidamente garantizado en la ley. Dicho en términos más simplistas ya no podríamos hablar de sociedades anónimas con acciones al portador sino de sociedades anónimas con acciones custodiadas aunque pareciera ser un simple juego de palabras tiene implicaciones muy profundas con relación al régimen de propiedad en nuestro pais.
Nuestro partido no cuestiona la necesidad de implementar medidas que garanticen evitar que el régimen de sociedades anónimas este lo suficientemente blindada para evitar subutilización en acciones no permisibles como el lavado de capitales y otros, pero la medida aplicable tiene que ser cuidadosamente analizada para garantizar los derechos adquiridos y el régimen de propiedad en nuestro país.
El PRD rechaza el proyecto porque pone en tela de duda la capacidad y la voluntad política del Gobierno para enmendar y promover perspectivas para desarrollo del largo plazo; crea fragilidad en sistema jurídico; destruye la confianza que tienen los inversionistas en el país; El gobierno continúa demostrando vulnerabilidad ante presiones internacionales; No crea independencia jurídica; mantienen dudas sobre los mecanismos de implementación; y genera desconfianza en las instituciones nacionales.
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La Bancada del PRD respaldada por los miembros del colectivo político, rechazan el proyecto 568, porque es un cambio total a la jurisdicción de la sociedades anónimas; además, la autoridades nacionales no han presentado un estudio de cuáles han sido los beneficios de la Ley N° 32 de 26 de febrero de 1927. El proyecto responde a intereses internacionales y nacion..... que desean encajonar y resolver problemas puntuales de otras latitudes, deteriorando el estilo de desarrollo de la economía nacional.
Especial atención nos merece la exposición de motivo que acompana este proyecto de ley marca en su párrafo segundo toda una intención de aplicar como paso subsiguiente a la aprobación de esta ley la eliminación total y rotunda del sistema de acciones al portador al manifestar entre otras cosas lo siguiente:
"Como consecuencia de los nuevos estándares internacionales en materia de transparencia el uso de sociedades que puedan emitir acciones al portador resulta ineficaz dentro del sistema financiero local e internacional". Esta frase plantea inequívocamente la policita de eliminar el sistema de acciones al portador sin el adecuado análisis de las repercusiones económicas y jurídicas que esto tiene para el país.
EXPOSICiÓN DE MOTIVOS
PRIMERO: Ef proylcto • -.urdo y perjudicial para el país. Absurdo porque Panamá ya tiene la mejor ley para identificar a los que usan tas sociedades que actúan con picardía. Esto ha sido confirmado por el Procurador General de la Nación y los hechos lo comprueban. Es perjudicial para el país porque perjudica ingresos importantes para el Tesoro Nacional producto de la tasa de sociedades y de los ingresos del Registro de Naves, pone en peligro cientos de empleos públicos y privados y afectará el sistema Consular que es consecuencia de aquel.
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SEGUNDO: La Organización para el Desarrollo Económico (OCDE) no es una organización internacional sino un Club de países ricos cuyo fin es la promoción de las economías de sus miembros. Por ello, como lo dice The Economist, quiere acabar con la competencia que en estos asuntos les hacen países como Panamá. El Foro Global es una .. tIUS herramientas y en el caso de Panamá no sólo quieren acabar con nuestro registro de sociedades y naves sino que a continuación exigirán que firmemos tratados de información fiscal con el país que no los pida. Aquí tienen en la mira a nuestro centro bancario. Por ello es importante pararlos en este tema en donde tenemos todas las de ganar y tomar la decisión, como pais soberano.
TERCERO: Los principales competidores de nuestro Registro de Naves son Liberia y Marshall Island, ambos operadas y de propiedad de intereses norteamericanos. Ambos tienen acciones al portador y no exigen conocer al cliente. El Estado de Delaware es el principal competidor mundial en corporaciones incluyendo las LLc. y no tienen sistema de conocer al cliente. Por tanto este proyecto absurdo y antipatriótico nos pondrá en desventaja tanto en Naves como sociedades.
CUARTO: La economía nacional recibe ingresos de las Naves y Sociedades por el orden de 500 millones al año, casi todos provenientes del extranjero, lo que equivale a tener un Fondo Fiduciario de DIEZ MIL MILLONES DE DOLARES (al 5%) y gran parte de estos ingresos se perderían de ceder a las presiones absurdas de la OCDE y aprobar este proyecto.
QUINTO: El proyecto de Ley 568 no puede ser aprovechado en forma malintencionada para la persecución política y personal. El artículo 7 amerita disponer de instrumentos y mecanismos de control.
SEXTO: El PRD rechaza el proyecto porque implica un cambio total en el sistema financiero de Panamá, donde existe a la plataforma legal para determinar quién es el agente residente y quénes son los directores, información que ya esta abierta al público.
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SEPTIMO: El Órgano Ejecutivo continúa creando incertidumbre en el cumplimiento de la legislación, como el caso de la Ley de Responsabilidad Social Fiscal; y Fondo de Ahorro de Panamá; incrementando la deuda pública; promoviendo proyectos llave en mano; y con esta Ley debilitando las posibilidades de ingresos por impuestos a las sociedades anónimas y todo el sistema de servicios. Por esta razón, el PRD le solicita al Ejecutivo que por el bien de la nación retire el Proyecto 568. Para que el futuro con voluntad e independencia se presente un proyecto en defensa de la soberanía y la economía nacional.
CONSIDERACIONES GENERALES.
El gobierno una vez más demuestra la falta de coherencia en sus actos, la Asociación de Abogados Internacionales, en nota enviada .. Ministro de Economía y Finanzas el 15 de diciembre de 2011, indica que en reunión sostenida con la Comisión de Alto Nivel Presidencial para la Defensa de los Servicios Internacionales y Financieros de Panamá, se había presentado la posición del Gobierno Nacional:
a.
Inmovilizar las acciones al portador e eliminarlas de la legislación de sociedades panameñas; y
b.
Suscribir Tratados de Intercambio de Información (TIEAs), en lugar de Tratados de Doble Tributación (TDTs), como hasta ahora había venido suscribiendo la República de Panamá, con la notable excepción del TIEA con los Estados Unidos de América1
c.
Se ha demostrado que la legislación vigente permite conocer el cliente y es de la más exigente en el mundo actualmente.
El Gobierno no ha sido capaz de valorar lo que implica este cambio, en términos de que desacelaría el negocio de las sociedades anónimas, nicho en que el país se encuentra en primer lugar en la región. La Asamblea requiere conocer un inventario estadísticos de sociedades, pero adelantamos que son más de 300.000 sociedades
1 La Prensa de Panamá. 13 de marzo de 2013.
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anónimas inscritas en el Registro Público. Es lamentable, que estamos viviendo una intromisión de otros países en el devenir político y económico del país2.
El Ministro de Economía y Finanzas, no ha explicado en qué consisten las recomendaciones del Foro Global, en cuanto a la transparencia. Pero lo curioso, que en la calificación de este foro sobre transparencia, Panamá, realmente se encuentra en los últimos lugares y la base de esta calificación es la baja institucionalidad de la justicia y no hay mención a la inmovilización de las acciones al portador. Es decir, promueven una ley culpando la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el Foro Global. Ya es hora de que el Ministro de Economfa, determine cuáles son los beneficios de este cambio.
No ha tomado en cuenta que casi todos los países de la OCDE tienen acciones al portador, sin los controles que ofrece el sistema panameño, que EEUU si bien no tiene acciones al portador no ha podido aprobar la ley propuesta desde el 2006 por el Senador Carl Levin para que los Estados puedan conocer y documentar quien es el cliente de las sociedades. Esto está documentado tanto en el estudio del profesor Jason Sharman para la Facultad de Derecho de .. Universidad de Panamá, como por la exposición de motivos del proyecto del senador Levin.
La carta que mandó el embajador de Estados Unidos sobre el tema donde afirma que NINGUN ESTADO DE DE ESTADOS UNIDOS PERMITE EL REGISTRO DE COMPAÑIAS SIN SABER QUIENES SON LOS VERDADEROS DUEÑOS" la contradice el senador Levin cuando dice: que en los Estados Unidos se siguen formando millones de empresas con propietarios ocultos y que su ley "PONDRIA FIN A LA PRACTICA DE LOS 50 ESTADOS QUE FORMAN LAS CORPORACIONES DE PERSONAS NO IDENTIFICADAS". Esto también es de conocimiento global tal como lo destacan, tanto el profesor Sharman como la Revista The Economist.
2 Martes Financiero. Edición Nº 765.
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En la sociedad panameña hay diversas opiniones sobre el Proyecto de Ley 568, así el Lic. Jaime AJemán ex embajador de Panamá en Estados Unidos, ha indicado que el proyecto de inmovilización de las acciones al portador, que crea el régimen de custodia para tener
país".
Las firmas de abogados como: Alemán, Cordero, Galindo & Lee; Mossack y Fonseca; consideran que el proyecto de entrar en vigencia enseguida.
Los abogados que están en contra del proyecto, indican que "la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), nos están obligando, porque en el derecho internacional público, los países somos iguales. Existe una igualda jurídica de los Estados Unidos. .. No podemos aceptar que nos trate como las Islas Virgenes Británicas y otros países que son dependientes de otras naciones de la OCDE y que no tienen el mismo grado de independencia que tiene Panamá" Adolfo Linares.
Se ha demostrado que el objetivo de la OCDE es el demantelamiento del centro financiero, ir en contra de las multinacionales que quieren establecer sus sedes en países que no son sus jurisdicciones orginales3 La Asociación Bancaria de Panamá, considera que el proyecto es inconveniente:
a.
Artículo 27, de dos años para que comience a regir la Ley a todas luces inconveniente, contraproducente y sin sentido práctivo, al punto que su permanencia iría en contra del objetivo expresado en la Exposición de Motivo.
b.
El plazo par la vigencia de la Ley debe ser fijado dentro de un período de no menos de tres meses y un máximo de seis meses
3 La Prensa de Panamá. 13 de marzo de 2013.
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a partir de su promulgación, para que sea efectivo y eficaz para alcanzsr los objetivos esperados.
c. El artículo 11, se refiere que las Fianzas de Cumplimiento que se consignen, deberán ser emitidas por compañías de seguros, dejando por fuera a los bancos de licencia general autorizados por la Superintendencia de Bancos que son integral del negocio de otorgamiento de fianzas.
Existen diferencias marcadas en cuanto la aprobación del proyecto de Ley, lo peor, es que no han sido consideradas por el Ministerio de Economía y Finanzas y la propia Asamblea Nacional.
DEBATE PÚBLICO
Existe un debate en la sociedad sobre las ventajas y desventajas del Proyecto de Ley 568, los argumentos en contra demuestran:
a.
De los 19 de los 34 de la OCDE tienen acciones al portador y que Francia y España las inmovilizan, pero solo cuando son públicas.
b.
Este proyecto de Ley va dirigido a disminuir la competencia de Panamá, contra el Estado de Oelaware;
La sociedad panameña, recibe diferente información sobre el tema de la eliminación de las acciones al portador, toda vez, que se ha generado un clima de incertidumbre en el sector de servicios financieros y reaseguros. Lo que esta en riesgo es la credibilidad del país.
La opinión pública antes que el Proyecto 568 pasará el primer debate, ha manifestado su rechazo total:
a.
Colegio Nacional de Abogados de Panamá: Solicita que retire el Proyecto. El proyecto tal cual esta, representa una pérdida de la competitividad del país. La pérdida de ingresos directos e indirectos a través de las notarias, traductores, abogados y el propio sistema bancario.
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b.
Asociación panameña de derecho marítimo. Peligro la Marina Mercante producto de restricciones a la libre transfencia de las acciones al portador de las sociedades panameñas. Los principales competidores de Panamá, como son: Libería e Islas Marshall, adminten las acciones al portador sin restricción alguna.
c.
Asociación de Abogados Internacionales. Indica sobre la pérdida de competitividad del país ante la competencia de otras naciones.
d.
Movimiento de abogados Gremialistas. Indica la pérdida de competitividad y la formación de un nuevo modelo, dejando a un lado la Ley 32 de 1927.
e.
El decano de la facultad de derecho de la Universidad de Panamá.
f.
Expresidentes Colegio Naional de Abogados.
Todos estos gremios de profesionales han expresado su opinión en contra del Proyecto de Ley 568, en consecuencia, no existe justificación para imponer un cambio en nuestra legislación sobre inmovilización de las acciones del portador.
Del debate público de los últimos meses sobre el régimen de custodia a las acciones del portador; ha quedado la percepción de la realidad en los ciudadanos, es que estamos ante un gobierno que tolera, acepta, pacta e incluso solicita el intervencionismo externo, para ganar privilegios políticos y mezquindades económicas.
CONCLUSIONES .
• El proyecto de ley 568, en su presentación por el Ministerio de Economía y Finanzas, demuestra que el Ejecutivo, esta cambiando las reglas del juego económicas y jurídicas de la nación, creando altos umbrales de desconfianza y escasa coordinación estratégica de corto placimos táctico, en vez de encaminar un proyecto que nos haga mirar hacia adelante con dignidad y respeto de las naciones del mundo globalizado.
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La escasa justificación del Proyecto demuestra que el Ejecutivo mira y escucha lo externo, en lugar de mirar hacia adentro. Se están dando el privilegio estos gobernantes de vivir en la negación de la sociedad, claudicar ante el competidor por el miedo de ser consecuente con el país que representan.
El gran debate sobre el proyecto, nos llega a la conclusión que es preciso recuperar la soberanía del Estado, reavivar la lucha por la dignidad nacional y encauzar las acciones en defensa de una economía al servicio del mundo para el bienestar de los panameños.
Todas las 8,000 naves que encuentran registradas en la Marina  Mercante con acciones al portador, tendrán que reemplazarlas por acciones nominativas, o entregarlas a un custodio autorizado, u optar por una salida más sencilla y menos onerosa, transferir sus naves a Liberia o Islas Marshall.
El PRD considera que en el primer debate no fue posible conocer la opinión de: Director de la Superintendencia de Bancos; el Ministro de Economía y Finanzas; el Director de la Oficina del Grupo de Acción Financiera; el Director del Registro Público; Presidente de la Asociación de Abogados Internacionales; el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Panamá; el Presidente de la Asociación Bancaria de Panamá; el Presidente del Colegio Nacional de Abogados de Panamá; Presidente de la Asociación Panameña de Derecho Marítimo; Presidente de los Abogados Gremialistas, los Expresidentes del Colegio de Abogados. Este proyecto de ley requiere de consultas y la Asamblea tiene el deber de hacer todas las consultas que fueren necesarias.
El proyecto de Ley 568 tiene grandes implicaciones económicas, en la formación de las sociedades anónimas; la Zona Libre de Colón; el Centro Financiero Internacional; el Centro de Reaseguros; y otros. Los constantes cambios en legislación pública están deteriorando la competitividad del país y como lo han expresado las organismos internacionales, la incertidumbre, genera desconfianza e incertidumbre en la economía.
El Ministerio de economía ha presentado ningún sustento válido a este proyecto de Ley 568; se han querido justificar sin argumento y llenos de dudas. Ante esta avalancha de dudas recomendamos a la Asamblea, que rechace el proyecto y el MEF proceda hacer estudios tendientes crear mecanismos que consoliden el modelo de la economía nacional.
El país esta realizando grandes inversiones para fortalecer y aprovechar las ventajas competitivas; parece increíble que en la presentación del proyecto de ley las autoridades no fueran capaces de expresar las implicaciones que tiene en la marina mercante, cuando se supone, que a partir del año 2015 en que comience a funcionar el tercer juego de exclusas, el país tendrá más ventaja en barcos de gran calado. Una vez más el Estado tiene que ser coherente.
El proyecto tiene que ser evaluados en la dimensión economfa del país. Panamá es un país soberano e independiente y su economía es cada vez más diversificada, por lo tanto, vamos a defender y a trabajar por la competitividad. Si estos organismos como la OeDE tienen interés, el país cuenta con todas las herramientas para analizar, organizar y promover leyes donde exista la reciprocidad.
La Asamblea Nacional tiene el compromiso de legislar para el pueblo, hoy no se puede entregar a la supuesta presión internacional. El Estado esta por encima de los caprichos y de las intrigas, este país ya no es un protectorado norteamericano, es un Estado soberano y con una economía que brinda servicios al mundo. No somos y no vamos servir de conejo de indias, para la investigación de lavado de dinero. Panamá, cumple y
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seguirá cumpliendo con los tratados internacionales, donde exista respeto mutuo. Seguiremos siendo la vanguardia en el libre comercio.
La sociedad panameña no solicita a los diputados; respetar y mantener la independencia de las instituciones; fortalecer los indicadores de competitividad; acelerar las reformas que nos garantice una economía sostenible en el largo plazo y generar confianza, demostrar que somos una nación responsable. Hacemos un llamado al Ejecutivo para que mantenga la sensatez ya la responsabilidad en el marco institucionalidad.
RECOMENDACIONES.
El PRD aboga por promover y trabajar en forma conjunta en desarrollar una política a largo plazo para la plataforma legal para las sociedades anónimas; competitividad a largo plazo. que nos garantice la
Cualquiera modi'ficación de la ley N° 32 de 26 de febrero de 1927, amerita un estudio amplio y consulta con todos los gremios de profesionales involucrados. El PRD no puede aprobar un proyecto de Ley, donde no se ha presentado un estudio que la justifique un cambio tan radical.
La inmovilización de las acciones al portador obliga al Estado a disponer de mecanismos y un organismo rector que garantice la verificación y transparencia que se amerita.
El país tiene una experiencia muy fructífera en los tratados bilaterales, por lo tanto, al primer grito de 11 lista negra" no es para entregar la economía. Recomendamos rechazar el proyecto y reiteramos la urgente necesidad que las fuerzas políticas garanticen a corto plazo una propuesta ecuánime y reciproca para las partes.
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Ante la tendencia del Órgano Ejecutivo a la autodestrucción y la sensación de riesgos por la disminución de la actividad económica por este proyecto de Ley; el PRD considera que lo apropiado es mantener una inquebrantable política exterior basada en valores nacionales; una política clara y fácil de entender y ejecutar enarbolando las banderas de una nación soberana. Es decir, después se ser un pafs con una quinta frontera, la sociedad nos exige dejar de ser blandengues, para ser hombres y mujeres progresistas y con una nación con una sola bandera en su territorio.
Recomendamos prudencia, porque los cambios abruptos de las reglas del juego suelen tener costos altos, porque lejos de vislumbrase un atisbo de solución, el conflicto con la custodia a las acciones al portador sigue escalando en intensidad con nuevos incidentes que sobrepasan y comprometen el clima social de la nación.
Finalmente, nadie cambia lo que funciona bien.
COMISIÓN DE ECONOMIA Y FINANZAS
CRISPIANO ADAMES
COMISIONADO PRD
RENAUL DOMINGUEZ
COMISIONADO PRD
JUAN CARLOS AROSEMENA
COMISIONADO PRD


miércoles, 24 de julio de 2013

Proyecto acciones al portador aprobado en primer debate

Habiendo ya el partido de gobierno consolidado su candidatura presidencial para el 2014, se reinicia el debate del proyecto de ley para restringir acciones al portador.  En un solo día concluye el primer debate aprobando el proyecto de ley.


miércoles, 24 de julio de 2013 - Finanzas
Aprueban en primer debate acciones al portador
Proyecto de Ley N° 568 “Que adopta un régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador”.
El Proyecto de Ley N° 568 “Que adopta un régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador”, fue aprobado en primer debate por la Comisión de Economía y Finanzas, de la Asamblea Nacional de Diputados.

La legislación establece la adopción de un régimen que permite preservar las acciones al portador, mediante la custodia de sus certificados de manera privada, por un custodio autorizado, con la finalidad de poder tener certeza de su propietario en casos concretos, sin afectar su libre circulación, de manera reservada.

Darío Espinosa, viceministro de Finanzas, manifestó que “a través de este proyecto de ley se refuerza el compromiso del país de cumplir con altos estándares de transparencia y de buen uso de los servicios financieros, a la vez que se da cumplimiento a los acuerdos internacionales, previamente adquiridos por Panamá”.

Sobre esta legislación, Espinosa añadió que “complementa los esfuerzos que realiza el Gobierno para evitar la inclusión de nuestro país en listas discriminatorias que podrían afectar la competitividad del sistema bancario panameño, el que sabemos es uno de los pilares de la economía de Panamá”.

Según la nueva disposición, podrán actuar como custodios locales de los certificados de las acciones emitidas al portador, los bancos de licencia general, fiduciarias reguladas por la Superintendencia de Bancos de Panamá, casas de valores y centrales de valores debidamente inscritas por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá, así como abogados o agentes residentes.

El régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador plantea que comenzará a regir a partir del siguiente día hábil, luego de trascurridos dos años, desde la promulgación del mismo como ley.

Acompañó al viceministro Espinosa ante los diputados, el administrador de la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos (ANIP), Luis Cucalón



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Por Jaime Marthe//
Fotos Rogelio Achurra//
Vista de honorables diputados de la Comisión de Economía
Diputados que integran la Comisión de Economía y Finanzas aprobaron en primer debate del proyecto de Ley No. 568, mediante el cual se adopta un régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador, con el interés de adecuar la legislación panameña a los más altos estándares de la industria internacional en materia de transparencia.
Mediante la iniciativa, se persigue la mejora de la imagen de la República de Panamá como país cooperador en la lucha contra el mal uso de los servicios financieros y, a la vez, proponer un marco acorde con los estándares internacionales para brindar seguridad a los inversores nacionales e internacionales.
De igual forma, se pretende la adopción de un régimen que permita preservar las acciones al portador mediante la custodia de sus certificados de manera privada por un custodio autorizado, con la finalidad de poder tener certeza de su propietario en casos concretos sin afectar su libre circulación de manera reservada. De esta forma, se logra un balance entre los requerimientos internacionales en materia de transparencia y las necesidades de aquellas personas que requieren el uso de este tipo de instrumentos.
Se destaca que como consecuencia de los nuevos estándares internacionales en materia de transparencia, el uso de sociedades que puedan emitir acciones al portador resulta ineficaz dentro del sistema financiero local e internacional. Sin embargo, dada su importancia en las actividades corporativas y financieras, no se considera conveniente eliminarlas como instrumentos de nuestro sistema corporativo. 
Funcionarios de la autoridad fiscal y bancaria, con
ausencia de representantes del Colegio Nacional de Abogados
La iniciativa fue ampliamente divulgada y sometida a la consideración del público a través del Colegio Nacional de Abogados y otros gremios forenses, así como del sector financiero, para procurar la integración de sus puntos de vistas con las exigencias internacionales.
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Ver tambien 
  • Texto de Proyecto de Ley 568 e Informe de Minoria
  • Articulo Hacia donde van las acciones al portador

miércoles, 17 de julio de 2013

Proyecto innecesario y superfluo para inmovilización y custodia de acciones al portador


La verdad detrás de la inmovilización de las acciones al portador
EDUARDO MORGAN JR.

2013-07-17 — 12:00:00 AM — En el extenso reportaje publicado por La Estrella de Panamá en su edición de 8 de julio sobre el proyecto de ley de inmovilización de las acciones al portador, se omitieron cuestiones fundamentales que demuestran que dicho proyecto, además de innecesario, es perjudicial para Panamá. Veámoslo: 

En el Tratado de Información Fiscal que se firmó con EE. UU. el 30 de noviembre de 2010, EE. UU. condicionó su vigencia a que Panamá aprobara una ley para facultar a la Dirección General de Ingresos (DGI) a intercambiar información y otra para que se pudieran conocer los beneficiarios de las acciones al portador. 

En nota de prensa de su Departamento del Tesoro de 18 abril del 2011, EE. UU., principal socio de la OCDE y número uno del G-8, reconoció que Panamá cumplió ambas condiciones. En relación a las acciones al Portador se expresó lo siguiente: 

‘Panamá modificó su legislación para abordar el tema de la práctica de las cuentas anónimas conocidas como ‘acciones al portador’, al exigir a los bufetes de abogados que incorporan empresas, a llevar a cabo la debida diligencia para comprobar la identidad de los propietarios y, de ser solicitada, compartir esa información con las autoridades panameñas (Ley 2, ‘Conozca a su cliente’, publicado en la Gaceta Oficial el 1 de febrero de 2011)’. 

Queda claro así que el proyecto de inmovilización y custodia es, aparte de perjudicial para Panamá, innecesario y superfluo. Sin embargo, en medio del debate nacional sobre el tema, el contenido de la nota transcrita nunca fue divulgado por los negociadores panameños. El presidente de la República no conocía su existencia y el extenso reportaje de La Estrella ni siquiera lo menciona

La existencia del proyecto de inmovilización y la presión a la opinión pública para que fuera aprobado como la llave mágica para pasar el Peer Review, ignorando la existencia de la Ley 2 y del documento arriba mencionado, es inexplicable. No quisiera pensar que ha sido la intención de lucrar con el servicio de custodia de las acciones al portador lo que ha movido a algunos a impulsar una ley que sin duda alguna afectará seriamente a nuestro régimen de sociedades, a nuestra marina mercante y a nuestro centro financiero. 

Cientos de empleos se perderán en el gobierno y en el sector de servicios y el fisco dejará de recibir ingresos importantes, igual que la empresa privada. Comoquiera que son los ingresos consulares que produce la marina mercante los que mantienen nuestras embajadas, también el servicio diplomático quedará afectado y los cadetes que gradúe la Universidad Marítima no tendrán barcos panameños que los contraten. Recordemos que se calcula en cerca de 500 millones al año la contribución de Naves y Sociedades a la economía nacional. 

Pareciera que los promotores del proyecto ignoran que el 100% de los usuarios de nuestro Registro de Naves es extranjero y que los competidores de Panamá son Liberia y Marshall Is land (dos y tres en el ranking, respectivamente), operados por concesionarios norteamericanos, con acciones al portador, sin inmovilización y sin la obligación de conocer al cliente. 

Hay que ser muy iluso para pensar que un naviero griego, coreano, chino, o japonés, a quien su abogado le diga que tiene que depositar sus acciones en manos de un tercero seguiría en el Registro panameño. No hay duda de que cambiará de bandera y sus sociedades las pasará a un registro competidor, con acciones al portador, sin inmovilización y sin la obligación de conocer al cliente, como son los de Liberia y Marshall Island. 

Por supuesto que nuestro sistema de sociedades anónimas permite que en caso de una investigación por autoridad competente, en la cual se vea comprometida una sociedad propietaria de naves, el abogado puede identificar quién está detrás de la sociedad. Por tanto, no se podrá nunca afirmar que nuestra ley da anonimato total al propietario y estos lo saben y están muy a gusto en un registro serio como el nuestro. No es esta la situación en Liberia y Marshall Island, donde el anonimato es total, porque, además de que hay acciones al portador, no se exige conocer al cliente, tal como esas jurisdicciones lo publicitan en su página Web. 

Debemos sentirnos orgullosos de la seriedad de las herramientas que hemos puesto al servicio de la Globalización. Desde 1919, la de Naves; y desde 1927, la de Sociedades, representan importantes fuentes de trabajo e ingresos a nuestra economía. Somos un ejemplo para el mundo y así debemos divulgarlo. 

ABOGADO. 

translatethis (inició sesión usando yahoo)
"Cientos de empleos se perderán en el gobierno y en el sector de servicios y el fisco dejará de recibir ingresos importantes, igual que la empresa privada". Aviso importante en la epoca de elecciones.
Los millones que mueve la flota mercante de Panama le valen tres pepinos el peer review de la OECD o el "pulcro" centro bancario o sus OPAs. Ellos van a Panama por las acciones al portador, y si se las quitan se iran a otro pais donde sí haya.
Ver artículo y comentarios en http://www.laestrella.com.pa/online/impreso/2013/07/17/la-verdad-detras-de- la-inmovilizacion-de-las-acciones-al-portador.asp?utm_source=twitterfeed&utm_medium=twitter