miércoles, 3 de septiembre de 2014

Unidad de Análisis Financiero pasará al MEF




21/08/2014 - La Unidad de Análisis Financiero(UAF) -aquella agencia de inteligencia creada en 1995 para recabar información financiera- será reestructurada y dejará de ser un ente adscrito al Ministerio de la Presidencia.
Esta acción es una de las 40 recomendaciones que deberá cumplir Panamá si quiere salir de la “lista gris” del Grupo de Acción Financiero (Gafi).
La mayoría deben atenderse antes de junio de 2015. Como parte de las modificaciones, la UAF pasará a ser parte del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
También se le dotará de mayores recursos económicos y de personal. “La UAF tiene que reestructurarse del todo. La queja a nivel internacional es que en los últimos cinco años ha sido bastante inoperante. Tengo entendido, y por lo que hemos podido hablar con el personal, en los últimos cinco años no se han hecho mayores reportes y la UAF tiene una misión de inteligencia que cumplir”, contó Maruquel Pabón, contratada por el MEF para liderar la unidad técnica que se encargará de darle seguimiento al plan propuesto por el Gafi.
La credibilidad de la UAF quedó cuestionada cuando en abril pasado, en la recta final de la campaña electoral, el Diario de las Américas, que se edita en Miami, publicó información de una supuesta investigación de la UAF que vinculaba al entonces candidato de oposición y hoy presidente de la República, Juan Carlos Varela.
Por ley, los funcionarios de la UAF están obligados a guardar total reserva sobre la información que obtengan o conozcan en el desempeño de sus funciones; el que no cumpla se expone a una sanción de tres a cinco años de prisión, según el Código Penal.
Para Pabón, que no se respete la confidencialidad “acaba con la credibilidad de la UAF”. “Por eso hay que sacarla del Ministerio de la Presidencia, sacarla de la manipulación política, darle más autonomía dentro del MEF y que tenga funciones que pueda cumplir”, recalcó.
Pabón también se refirió a las otras recomendaciones del Gafi, como adelantar la fecha en que entra a regir la ley de inmovilidad de acciones al portador y la redacción de un proyecto para reemplazar la Ley 42 de 2000, que establece medidas para la prevención del blanqueo de capitales.

Ver texto completo en http://www.prensa.com/uhora/locales/uaf-pasara-presidencia-al-mef/378395

lunes, 1 de septiembre de 2014

Panama, en defensa de su economía de servicios


LA VOZ CALIFICADA
PANAMÁ, EN DEFENSA DE SU ECONOMÍA DE SERVICIOS

INTERNACIONAL
Brett R. Patton P. / Eduardo De Alba A.

Son ampliamente conocidos los esfuerzos que hacen grupos de presión conformados en gran parte por países poderosos a nivel económico y/o político,  que incluyen los denominados G-8 y G-20, al igual que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (la OCDE), y su apéndice, el Foro Global.   Estos exigen cambios a países como Panamá, para que nuestras normas jurídicas se acomoden a sus intereses nacionales en preferencia sobre los nuestros.

Está claro que Panamá es parte de la comunidad internacional de naciones y debe comportarse como tal, dentro de los principios en que se funda la Organización de Naciones Unidas (ONU), de la cual nuestro país fue fundadora en 1945, y, a nivel regional, la Organización de Estados Americanos (OEA), de la cual Panamá también fue fundadora, en 1948.  Ambos organismos existen desde principios de la posguerra y tienen aceptación general a nivel global y regional.

Panamá debe respetar, y actuar frente a los requerimientos de terceros Estados, reconociendo, de forma efectiva, las garantías individuales que protegen constitucionalmente a cualquier persona, nacional o extranjera, domiciliada o residente en Panamá o con bienes o actividades en Panamá, y en forma consecuente con las obligaciones que ha contraído en los  convenios internacionales, de los cuales es parte. 

Fundamentales para este análisis son las garantías que tiene cualquier persona, nacional o extranjera, en Panamá: i) al debido proceso ante cualquier denuncia o investigación que se realice sobre su persona, actividades o bienes; ii) a la presunción de inocencia hasta tanto se le haya condenado en juicio público, ajustado al debido proceso, mediante sentencia en firme y iii) a la privacidad y, por tanto, a la confidencialidad de la documentación e información que se obtenga de dicha persona.

Por tanto, Panamá no debe ceder en el ejercicio de su soberanía territorial y jurídica ante las presiones de ningún otro Estado o grupo de Estados, por más fuertes que de hecho sean, ya que tenemos derecho a exigir y recibir trato igual y equitativo frente a cualquier otro Estado, y a establecer, de forma autónoma y en ejercicio de nuestra libre autodeterminación, nuestro propio régimen jurídico, tanto público como privado, y a que el mismo sea respetado por el concierto de naciones.

Panamá debe cumplir con seriedad los compromisos que adquiera frente a terceros Estados, mediante convenios internaciones, bilaterales o multilaterales, de establecer, recabar, actualizar y divulgar a las autoridades competentes de dichos Estados las estadísticas y la información objeto de dichos convenios. 

Lo debe hacer, sin embargo,  guardando y exigiendo siempre la confidencialidad de dicha información y su utilización única y exclusivamente en una investigación autorizada y realizada dentro del marco de dichos  convenios, y en el  curso de la cual 

se observen debidamente las garantías individuales referidas. 

Por estas razones, Panamá no debe obligarse a suministrar información de forma automática que pueda afectar la seguridad o los derechos de los nacionales o extranjeros que se acojan a la protección del marco jurídico panameño.

Panamá tiene todo el derecho de establecer y mantener el régimen tributario que considere que mejor atiende sus intereses, para el beneficio tanto de sus nacionales como de los extranjeros domiciliados o residentes en Panamá, o con bienes o actividades en Panamá, o que aprovechen lícitamente (conforme al marco jurídico panameño) sus instituciones y estructuras, públicas y privadas.  Cabe señalar que el principio de territorialidad fiscal en Panamá fue adoptado hace más de 60 años, por lo cual es de larga data y aceptación como piedra angular de nuestro sistema jurídico, y no es el producto de un capricho o medida oportunista reciente.

Igual se puede afirmar de nuestro régimen de sociedades anónimas (incluyendo la posibilidad de emitir acciones al portador) adoptado en 1927, hace más de 80 años.  

No está de más recordar que nuestra economía de servicios internacionales fue concebida para proveer o exportar servicios hacia el mundo, de acuerdo a la visión de ilustres gobernantes que se retrotrae a  1916 con la promulgación del Código de Comercio de Panamá. 
Podemos observar que la exposición de motivos de dicho código contempla, entre otras cosas, que debíamos prepararnos para ser “el teatro en donde han de encontrarse hombres de todas las nacionalidades e intereses de todo género en constante actividad”. 

Este espíritu de apertura ha llevado al país a un gran desarrollo en el comercio internacional y en la creación de entidades legales, cuya estrategia consiste en promover servicios para el beneficio de la comunidad internacional y que aportan significativamente al bienestar de Panamá.  Entre ellas, se destaca, en primer lugar, el Canal de Panamá, con su estructura jurídica de administración y desarrollo a cargo de la Autoridad del Canal de Panamá, complementado por entidades y actividades, como el movimiento comercial de la Zona Libre de Colon, los servicios bancarios, de seguros y reaseguros, los puertos y el sistema multimodal de transbordo de carga a través del istmo, la ley de Sedes de Empresas Multinacionales, y un marco legal que nos ha permitido convertirnos en el país con la mayor flota de marina mercante mundial, tanto en número de barcos como en tonelaje, y en un centro de categoría mundial en la creación y administración de diversos tipos de entidades jurídicas.

Como miembro de la OEA y con respecto a los otros Estados miembros de esta organización, Panamá debe ser respetuosa de sus postulados en materia de la realización de justicia social (léase oportunidades de trabajo, mejoramiento en la distribución de la riqueza, acceso a educación y salud oportunas y de calidad, entre otros).  En tal sentido, Panamá debe colaborar con los demás Estados miembros en la consecución de estos objetivos, incluyendo el respeto a sus sistemas tributarios, siempre que estos sean justos y equitativos tanto en cuanto a sus nacionales como a los  extranjeros sujetos a sus jurisdicciones.

Dicho esto, Panamá no tiene por qué aceptar ni puede ser objeto lícito de medidas discriminatorias, punitivas o confiscatorias que cualquiera de dichos Estados pretenda adoptar unilateralmente contra nuestro país, bajo una calificación de Panamá y de sus instituciones y su marco jurídico, como correspondientes a un pretendido “paraíso fiscal”.  Las diferencias que cualquiera de estos países tenga con Panamá por razón de su régimen tributario tienen que ventilarse por medio de los mecanismos de negociación directa, mediación o arbitraje o de índole parecida a los que hace referencia la carta constitutiva de la OEA, como también la de la ONU. 

Esto, sin embargo, excluye cualquier acto de agresión unilateral de cualquiera de dichos otros Estados miembros contra Panamá o sus nacionales, o los extranjeros que se acojan a las leyes y estructuras panameñas.  Valga resaltar que el concepto de “agresión”, bajo la carta constitutiva de la OEA, no se limita a la fuerza física o militar, sino que  incluye medidas económicas discriminatorias, punitivas o confiscatorias, que pretenda imponer algún otro Estado miembro contra nuestro país, o contra las actividades o los bienes que nuestros nacionales o que los extranjeros, incluso originarios de ese otro país, realicen o mantengan en Panamá, o aprovechando las estructuras jurídicas que su sistema pone a disposición de nacionales y extranjeros por igual.

Panamá debe considerar que, por los canales diplomáticos  pertinentes, sus representantes denuncien ante las asambleas generales de los miembros de la ONU y de la OEA, y ante cualquier otra instancia de estos organismos que esté disponible con este propósito (llámense órganos de consulta, representaciones permanentes, secretarías u otras), estas conductas que caracterizan actos de agresión contra Panamá por otros Estados miembros, pretendiendo ampararse en organismos de los cuales Panamá no es miembro, ni tiene por qué someterse a sus decisiones, objetivos o designios, como es el caso de la OCDE.      

Las exigencias que, por razones de su propia conveniencia, han hecho estos Estados contra Panamá, calificándola como paraíso fiscal,  se convierten en reclamos arbitrarios y violatorios de los compromisos internacionales de esos países frente a Panamá, al amparo de los principios fundamentales tanto de la ONU como de la OEA. Aun cuando dichas exigencias intentan reflejar la búsqueda de acuerdos bilaterales o multilaterales, al fin y al cabo, su propósito real es forzar y doblegar la voluntad soberana de nuestro país para acomodarla a dichas exigencias. 

Estos acuerdos, obtenidos bajo amenaza o coacción, vician el consentimiento de Panamá como Estado soberano e independiente, y, por lo tanto adolecen de nulidad  a la luz del derecho internacional público.

Las exigencias que se nos intenta imponer  representan cambios complejos orientados a restarles importancia y competitividad a países que, como el nuestro, tienen economías importantes de servicios internacionales.  La implementación de las medidas exigidas conlleva la necesidad de que nuestro país asuma un costo elevado, tanto a nivel público como privado, aparte de la merma en ingresos generados por las actividades que resultarían afectadas por la consecuente reducción de  nuestra competitividad.   

Los intereses nacionales de Panamá  se verían afectados de dejarnos llevar por el clamor de estas presiones i) en el aspecto político, como país soberano e independiente y con el derecho a su libre autodeterminación, con base en los principios básicos del derecho internacional público; ii) en el aspecto económico, por razón de la contribución que a nuestra producción de bienes y servicios representa nuestra plataforma de servicios internacionales, en pie desde hace muchísimas décadas y iii) en el  aspecto social, por razón del costo en recursos humanos y financieros que tendríamos que asumir para satisfacer las exigencias de estos Estados a expensas de nuestras verdaderas prioridades, consistentes en el mejoramiento de las oportunidades y de la condición de vida de nuestros ciudadanos, y de los extranjeros que viven en Panamá y contribuyen con su esfuerzo diario a nuestro desarrollo.

Considerando la orientación de los referidos grupos de presión de convertir al mundo globalizado en un mundo fiscalizado por ellos, Panamá debería alzar su voz de protesta ante la marcada posición de estos países de pretender constituirse en garantes de valores democráticos y reclamar, por nuestra parte, que se respeten los derechos establecidos por nuestra Constitución y  nuestras leyes y por el derecho internacional público de aceptación universal.

Ver texto completo en http://www.martesfinanciero.com/history/2014/07/08/voz_calificada.asp




miércoles, 27 de agosto de 2014

MEF fija Junio 2015 para salir de lista gris


Junio de 2015, clave para salir de lista gris

Para agosto de 2015 se debe haber eliminado el periodo de gracia de tres años de la ley de inmovilización de las acciones al portador.
ROBERTO GONZÁLEZ JIMÉNEZ


20/08/2014 - Panamá adecuará el marco legal para fortalecer sus estructuras en la lucha contra el lavado de capitales y el financiamiento del terrorismo antes de junio de 2015.
En la hoja de ruta pactada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) al término de la pasada administración, a la que tuvo acceso este diario, figura esa fecha como límite para la mayoría de acciones que debe acometer el país en su objetivo de salir de la lista gris a la que ingresó el pasado mes de junio por las deficiencias en la lucha contra el blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo.
Unos meses después, en concreto en agosto de 2015, el plan de acción acordado con el Grupo de Acción Financiera (GAFI) contempla la eliminación de los tres años de gracia incluidos en la Ley 47 de 2013, la norma que crea un régimen de custodia para las acciones al portador. De esta forma, la ley, que entrará en vigor en agosto de 2015 –dos años después de su promulgación– sería de entero cumplimiento en esa misma fecha, y no tres años más tarde como fue aprobado en el articulado original de la norma.
La inmovilización de las acciones al portador es uno de los puntos polémicos que deben afrontar las autoridades para cumplir los compromisos con el GAFI. El sector bancario ha pedido desde hace años que el país se alinee con los requerimientos internacionales de transparencia, mientras que grupos de abogados y representantes de los servicios internacionales alegan que estas medidas socavarán la competitividad del país.
El exministro de Economía y Finanzas Frank De Lima expresó el pasado mes de mayo en una misiva al GAFI “que la República de Panamá reafirma su completo compromiso al más alto nivel político para enfrentar las deficiencias, incluyendo la implementación del plan de acción”.
Consultadas sobre el nivel de compromiso de la nueva administración, las actuales autoridades del MEF informaron que “Panamá ha asumido una serie de compromisos con GAFI para reforzar la lucha contra el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo y se está preparando para cumplir con todo lo pactado”.
No obstante, el MEF no quiere imponer su política y aspira a que todas las partes implicadas se pongan de acuerdo “conscientes de que es un tema país”. “El sector público y el sector privado están trabajando juntos y existe la voluntad de lograr consensos y avanzar en esta materia”, apuntó el MEF.
Además de la inmovilización de las acciones al portador, el Gobierno debe actualizar antes de mediados de junio la legislación sobre blanqueo de capitales.
Según lo pactado con el GAFI, se tiene que criminalizar el lavado de capitales de acuerdo con los estándares internacionales, tipificar como delito de manera adecuada el financiamiento del terrorismo, tener el marco legal y mecanismos para congelar activos de terroristas, fortalecer la Unidad de Análisis Financiero, tanto desde el punto de vista institucional como en la asignación de recursos humanos y financieros, ampliar la exigencia de reportar operaciones sospechosas a todas las instituciones financieras, incluyendo seguros y reaseguros, cooperativas y casinos, entre otros, así como a determinadas profesiones no financieras como abogados, notarios, contables y comerciantes de piedras y metales preciosos a otras actividades, y mejorar la cooperación internacional en el intercambio de información con unidades de inteligencia de otros países. La lista contiene 24 acciones.
El MEF dijo que las metas establecidas son alcanzables. Con ese objetivo se creó una unidad técnica dentro de la entidad, de la que está a cargo Maruquel Pabón, dedicada exclusivamente a darle seguimiento a todas las acciones necesarias para que el país pueda cumplir satisfactoriamente con los acuerdos establecidos.
Raúl Guizado, vicepresidente de Cumplimiento y Seguridad Corporativa de Banco General y primer vicepresidente de la Asociación Bancaria de Panamá, dijo ayer que espera que se cumplan esas acciones. “Tengo la esperanza y el convencimiento de que esta administración va a tomar las medidas correctivas para atender esos temas y lograr sacarnos de la lista”. Por su parte, el superintendente de Bancos, Alberto Diamond, señaló que el presidente de la República, Juan Carlos Varela, le había transmitido “muy claramente que este es un problema de Estado”.
El sector financiero, que ve cómo la inclusión en la lista gris está afectando a la competitividad de la plaza, ha cerrado filas para que el país adopte los estándares internacionales en transparencia fiscal y en la lucha contra el lavado de capitales. En cambio, otros sectores mantienen una oposición frontal a este tipo de iniciativas. Unos y otros deberán encontrar consensos para enfrentar estas situaciones. Para Diamond, es importante “tomar decisiones rápidas” y se requieren acuerdos para los que “necesitamos dosis de sabiduría, balance, comprensión y sacrificios”.
PANAMÁ Y LAS 40 RECOMENDACIONES
1
Panamá solo cumple una de las recomendaciones del GAFI en la lucha contra el blanqueo de capitales.
3
Recomendaciones se cumplen ampliamente.
23
Se cumplen parcialmente.
13
No se cumplen.

CORRESPONSALES PONEN MÁS PRESIÓN SOBRE BANCOS

La Red de Control de Crímenes Financieros (FinCEN, por sus siglas en inglés), una dependencia del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, emitió una circular en la que exige a los bancos estadounidenses que tiene relaciones con entidades en Panamá que hagan una diligencia debida ampliada.
En concreto, pide a las instituciones financieras de su país que se aseguren de que sus programas de debida diligencia sobre las cuentas de corresponsalía mantenidas por instituciones financieras del exterior incluyen políticas y procedimientos diseñados para detectar e informar sobre actividades de lavado de dinero o sobre las sospechas de las mismas, efectuadas a través de cualquier cuenta corresponsal establecida, mantenida, administrada o gestionada en Estados Unidas.
La circular, fechada el pasado 5 de agosto, afecta a Panamá y al resto de países incluidos en la lista gris del Grupo de Acción Financiera (GAFI) por sus deficiencias en la lucha contra el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo. “Por el hecho de estar en una lista gris, se eleva el nivel de riesgo de hacer negocios”, dijo ayer Raúl Guizado, vicepresidente de Cumplimiento y Seguridad Corporativa de Banco General y primer vicepresidente de la Asociación Bancaria de Panamá.
Los bancos panameños están siendo cuestionados por sus corresponsales en el exterior, y algunos de los grandes bancos europeos que prestan servicios de corresponsalía a entidades locales también se han preocupado por el devenir de la actividad bancaria en Panamá.
Roberto González Jiménez

Ver texto completo en http://www.prensa.com/impreso/economia/junio-2015-clave-salir-lista-gris/378018

lunes, 25 de agosto de 2014

Abanderamiento de naves baja 36%


Abanderamiento de naves baja 36%

viernes 16 de mayo de 2014 - 12:00 a.m.Panamá pierde terreno en esta actividad, aseguran expertos. Ley de acciones al portador complica a la marina mercante

El registro de nuevos abanderamientos ha experimentado su más importante bajón durante los primeros tres meses de este año.
Las estadísticas de la Autoridad Marítima de Panamá reflejan que entre enero y marzo de este año, el registro de naves en el renglón de nuevos abanderamientos cayó un 36%, con relación al mismo periodo del año pasado.
Hasta el mes de marzo, los nuevos abanderamientos sumaban 263 buques. La cifra representa una caída de 69 naves menos, con relación al año pasado, cuando sumaron 332.
Guillermo Márquez Amado, abogado y exdirector del Servicio de Marina Mercante de Panamá, admite que la caída ‘es alta’. A juicio del experto, existen factores que están incidiendo sobre esta actividad.
En primera instancia, Márquez Amado señaló que es necesario que la administración pública sea más eficiente en cuanto a la atención de los armadores de barcos. ‘El sistema tiene que ser más eficiente. A la hora que se requiera el servicio, hay que darlo’, apunta.
El exdirector del Servicio de Marina Mercante en Panamá considera también que hay que ser más elástico en cuanto al uso del idioma inglés. ‘La Constitución nos fuerza a usar el castellano’, pero el inglés es clave para las actividades relacionadas con la marina mercante.
COMPETENCIA MÁS FUERTE
La competencia también podría estar ganando espacios importantes. Márquez Amado considera que ‘hay algunos países con registros abiertos que están mejorando su sistema para competir con Panamá’.
El abogado Eduardo Morgan, que dirige uno de los despachos panameños especializados en derecho marítimo, coincide con Márquez. ‘La competencia es feroz’, reconoce.
La competencia directa del istmo centroamericano es Liberia y las Islas Marshall. Y ambas regiones han implementado políticas para restarle el negocio a Panamá.
‘No tienen que conocer al cliente, pueden emitir acciones al portador y las empresas que se mudan a su jurisdicción no se les exige cambios’, explicó Morgan.
En contraste Panamá aprobó el año pasado la ley de inmovilización de las acciones al portador. ‘Todos los clientes de la marina mercante son intereses extranjeros y esa ley complicará sus actividades’, aseguró Morgan. Adempas. ‘hay el temor de que Panamá no está defendiendo ni su centro financiero n2 su marina mercante porque no ha hecho frente a la OCDE’, añade el experto.
A pesar del declive que refleja la actividad en estos tres primeros meses de 2014, hasta el 30 de junio del año pasado Panamá seguía siendo el país que más barcos abanderaba (8,221), con cargas estimadas en 223,293,304 toneladas.
El más cercano competidor de Panamá es Liberia (3,113 naves), con cargas de 128,553,145 toneladas. Y en el tercer renglón de los que más barcos abanderan estaba ubicado Islas Marshall, con 2,145 naves, con cargas de 88,960,732 toneladas. ( Ver recuadro )
En Panamá, el registro y renovación de abanderamiento de buques puede suponer hasta 150 millones de dólares anuales. Si a esto se le suma el efecto de registro en las empresas y los ingresos indirectos, la actividad podría generar al año hasta 300 millones de dólares.

Por Marlene Testa, ver texto completo en http://laestrella.com.pa/economia/abanderamiento-naves-baja-36/23771937


miércoles, 25 de junio de 2014

Consejo de Servicios Internacionales de Panamá (COSIP) recomienda medidas de retorsión contra Colombia


Queda una tarea para la nueva Ministro de Relaciones Exteriores de Panamá.



COSIP pide acción por paraísos fiscales

miércoles 18 de junio de 2014 - 12:00 a.m.
Gremios del sector privado recomiendan al gobierno que tome medidas de retorsión contra el vecino país

Adolfo Berríos Riaño
aberrios@ laestrella.com.pa


El sector privado califica de ‘chantaje’ la amenaza de Colombia de colocar a Panamá nuevamente en su lista de paraísos fiscales. Piden al ministro de Relaciones Exteriores, Francisco Álvarez de Soto, que recuerde al vecino país que Panamá es un país soberano, y recomiendan medidas de retorsión.
‘No podemos permitir que alegremente se diga que en Panamá hay normas legales o prácticas que limitan el intercambio de información cuando desde el año 2010 hemos negociado y firmado 29 acuerdos tributarios, 19 para evitar la doble imposición fiscal y 10 para intercambio de información’, señaló el Consejo de Servicios Internacionales de Panamá (COSIP) en una carta firmada por representantes de la Asociación Bancaria de Panamá, la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresas (Apede), la Asociación de Abogados Internacionales, la Bolsa de Valores de Panamá, la Federación de Asociaciones de Profesionales de Panamá y el Colegio Nacional de Abogados, entre otros.
El documento defiende el derecho de Panamá como nación soberana de negociar de acuerdo con sus intereses y conveniencia, y no los de otro Estado, según lo establecido en el derecho internacional.
La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá también solicitó al ministro que evaluara medidas para responder en caso de que Colombia coloque a Panamá en la lista de paraísos fiscales.
El presidente del Colegio Nacional de Abogados, José Álvarez, señaló ayer que hasta la fecha no han recibido respuesta de la cancillería. Afirmó que ‘Colombia se ha quejado que Panamá no coopera porque los exhortos y auxilios judiciales demoran años en resolverse en la Corte Suprema de Justicia’, pero denunció la imposición planteada por el gobierno colombiano.
Fernando Aramburú Porras, presidente de Apede, reiteró, por su parte, la postura del gremio defendiendo el derecho de Panamá a negociar sin presiones externas o amenazas.
RESPUESTA OFICIAL
El canciller, Álvarez de Soto, respondió ayer afirmando que el tema debe ser atendido ‘con la firmeza y convicción de que Panamá no se merece ese tipo de acciones, y menos bajo premisas de una negociación forzada, por cuanto Panamá no es un paraíso fiscal’. Sin embargo, la responsabilidad de atender este tema será heredada a la próxima administración. De Soto afirmó que la información ya ha sido compartida con la ministra entrante, como parte del proceso de transición.

Ver texto completo en http://laestrella.com.pa/

viernes, 20 de junio de 2014

Usuarios de Zona Libre de Colon exigen retorsión

Continuan los despidos de miles de trabajadores en la ciudad con más pobreza de Panamá por el Decreto 74 de 2012 de Colombia y las medidas cambiarias de Venezuela.




ZONA LIBRE DE COLÓN

Usuarios exigen retorsión

Colombia cobra un sobrearancel de 10% a los calzados y textiles que se reexportan de la ZLC. Los usuarios solicitan una medida similar para ese país.

Wilfredo Jordán S.
wjordan @prensa.com
12/09/2013 - El Gobierno de Panamá debería aplicar medidas de retorsión a Colombia para que elimine el trato discriminatorio a los comerciantes de la Zona Libre de Colón (ZLC). Esta fue la petición que hizo la Asociación de Usuarios (AU) ante lo que consideran un trato discriminatorio de ese país con la mercancía que se reexporta desde la zona franca panameña.
Desde 2012, la nación vecina cobra un sobrearancel de 10% a los textiles y calzados que se reexportan desde la ZLC, según el Decreto 74 aprobado por el gobierno del presidente Juan Manuel Santos.
La retorsión, en este caso, sería la alternativa más rápida y consiste en aplicar una medida similar a la dispuesta . Podría ser un arancel a los bienes que ellos exportan a Panamá, explicó el empresario Severo Sousa.
Esto debería tener efecto para que Colombia se siente a negociar ya que el tiempo sigue pasando sin que haya una salida, indicó Sousa.
En un comunicado, la AU informó de que hay una reducción en las ventas de los comercios que supera el 20% de los principales mercados, Venezuela y Colombia, que han disminuido hasta en un 50%.
Debido a la poca actividad comercial, la fuerza laboral que supera las 30 mil personas, también se ha disminuido en más de mil trabajadores.
Si se demanda a Colombia ante la Organización Mundial del Comercio, el proceso sería muy largo y tomaría por lo menos dos años ya que se requiere realizar reuniones previas y formar comisiones de trabajo. “La ZLC no aguanta ese tiempo”, advirtió Sousa.
Por ello, insistió el empresario, es necesario que las autoridades le pongan empeño a la petición que están planteando los usuarios.
Los comerciantes panameños tiene otras peticiones, como la necesidad de que Aduanas agilice los trámites para evitar pérdidas, así como la reducción de tasas, impuestos y gravámenes.

Ver texto completo en www.prensa.com


viernes, 23 de mayo de 2014

Colegio de Abogados exhorta a seguir medidas “conozca a su cliente”


RESOLUCIÓN No. 21
CON OCASIÓN DEL INFORME DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI) SOBRE EL SISTEMA DE PANAMÁ CONTRA EL BLANQUEO DE CAPITALES Y EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO.

LA JUNTA DIRECTIVA
DEL COLEGIO NACIONAL DE ABOGADOS

CONSIDERANDO:
Que el Colegio Nacional de Abogados, dando fiel cumplimiento a sus principios ordenadores consistentes en procurar el prestigio de la profesión y emitir y divulgar opiniones y pronunciamientos técnicos en materia de Derecho, a fin de orientar a los profesionales, autoridades y a la comunidad en general, se pronuncia con motivo del INFORME PAÍS No. 14/54 del Fondo Monetario Internacional (FMI), en los siguientes términos:

Que el Fondo Monetario Internacional (FMI), divulgó el INFORME PAÍS No. 14/54, en el cual detalla las deficiencias de la República de Panamá en su sistema contra el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo.

Que el Informe del FMI incluye una pormenorizada revisión de la efectividad del marco institucional, legislación, regulaciones, así como la observancia de códigos y estándares para la prevención y sanción de los delitos de blanqueo de capitales y de financiamiento del terrorismo, en el marco de nuestro sistema financiero, empresarial y de servicios profesionales.

Que el referido Informe determinó el nivel de cumplimiento con relación a las cuarenta recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI), del cual Panamá es miembro, y reveló que nuestro país cumple de manera cabal sólo una recomendación; hay tres que se cumplen ampliamente; veintitrés que se cumplen parcialmente y trece que no se cumplen.

Que en su Sección 1.3., denominada Hallazgos Clave, el INFORME PAÍS No. 14/54 del FMI señala que a pesar de que nuestra Ley de blanqueo de capitales establece una completa gama de obligaciones aplicables a entidades del sector financiero,  las actividades de empresas no financieras y de profesionales como ABOGADOS no forman parte del ámbito de regulación, lo cual implica un significativo riesgo sistemático identificado en nuestro modelo económico.

Que a pesar de que la actividad profesional de los abogados no entra en el ámbito de aplicación de la Ley 42 de 2 de octubre de 2000, que establece las medidas de prevención del delito de blanqueo de capitales, el Colegio Nacional de Abogados considera oportuno  hacer la matización de que está en vigencia la Ley No. 2 de 1 de febrero de 2011, que regula las medidas para conocer al cliente para los agentes residentes de entidades jurídicas existentes de acuerdo con las leyes de la República de Panamá.

Que habiendo advertido la no aplicación subjetiva de la Ley 42 de 2 de octubre de 2000, y que la Ley No. 2 de 1 de febrero de 2011 se restringe de manera exclusiva a la prestación de servicios de agente residente,  y no a la prestación del resto de servicios profesionales de los abogados, es preciso enfatizar que las disposiciones legales vigentes resultan insuficientes a efectos de prevenir y detectar los delitos de blanqueo de capitales y de financiamiento del terrorismo.

Que el sector jurídico no es inmune a la amenaza constante a la que se ven expuestas las empresas del sector financiero, y cada vez es mayor el riesgo de que los servicios profesionales de los abogados sean utilizados como intermediarios involuntarios para la comisión de los delitos de blanqueo de capitales y de financiamiento del terrorismo.

EN CONSECUENCIA, RESUELVE:

EXHORTAR a todos los abogados idóneos a tomar conciencia de la necesidad de establecer medidas de prevención, de implementarlas políticas y procedimientos necesarios para demostrar en todo momento que se cumple con la diligencia debida, asumiendo la convicción de que su verdadero valor práctico dependerá de la proactiva aplicación de los estándares universales de la política “conozca a su cliente”.

Panamá, 13 de mayo de 2014.


 (FDO)                                                                       (FDO)
JOSE ALBERTO ALVAREZ                                 JAVIER MARQUÍNEZ
Presidente                                                                  Secretario de Actas Ad Hoc