REACCIONES A PROPUESTAS DE OCDE
Cobro por la información tributaria: Ricardo M. Alba
Ricardo M. Alba |
30 oct 2015 - 01:06 AM
Los países con elevadas tasas de tributación (“infiernos tributarios”), que además gravan las rentas obtenidas por sus contribuyentes fuera de sus países de residencia, como no logran cobrar a estos los impuestos por rentas de fuente externa, han transferido al resto del mundo, especialmente a los países que son receptores de sus inversiones, la responsabilidad forzosa de ayudarle a recaudar tales impuestos.
La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), club de infiernos tributarios y países ricos, impone esta transferencia forzosa de responsabilidad por medio de su programa de “Competencia Tributaria: un asunto global emergente”, que data de 1998, para cuya ejecución han generado y puesto en práctica unilateralmente regulaciones y métodos, y ha creado organismos que son controlados por la OCDE como es el caso del Foro Global sobre Transferencia e Intercambio de Información Tributaria y el Grupo de Revisión Paritaria.
La OCDE no disimula que su verdadero interés no es mejorar el grado de transparencia de la información tributaria en los diferentes países, ni aún aquella relacionada con las actividades de sus residentes en el extranjero, sino facilitar el acceso irrestricto, amplio y expedito de esta información a sus miembros. En consecuencia, han elaborado instrumentos para el suministro de la información a requerimiento como son la reforma de los artículos 25 y 26 del Modelo de Convenio para Evitar la Doble Tributación y el Acuerdo para el Intercambio de Información Tributaria, hasta el Modelo para el Intercambio Automático de Información y un mecanismo del tipo de la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Externas de EU.
El esquema de aplicación de sus presiones por parte de la OCDE, tanto en el ámbito tributario como en el de blanqueo de capitales, es “nombrar, culpar y avergonzar” (name, blame and shame). Los países que no ceden fácilmente a la presión son nombrados (listas negras, grises, blancas), culpados (listas de no cooperadores) y avergonzados (daños de reputación y amenazas de aplicación de sanciones por el Grupo del G-20 y otros organismos controlados por los infiernos tributarios.
Panamá ha sido, es y será objeto de todo este esquema de presiones, amenazas y medidas discriminatorias, a pesar de que en virtud del principio de territorialidad fiscal no recibe información sino únicamente la suministra. Es acertado entonces el planteamiento del señor presidente de la República, Juan Carlos Varela, en la Organización de Naciones Unidas en el sentido de que Panamá examinará el intercambio automático como un asunto estrictamente bilateral, sujeto a la conveniencia del país. No obstante, en desarrollo de una política nacional efectiva, coherente, viable y de largo plazo sobre intercambio de información tributaria, es necesario incorporar los elementos siguientes:
1. Panamá debe ser compensada por el suministro unilateral de información tributaria, en lo que respecta al costo administrativo del suministro y a la pérdida de competitividad de sus servicios y, más aún, por la ventaja económica que produce esa información para la recuperación tributaria y otras ventajas económicas y de aplicación de la justicia interna en el país receptor.
2. Esta compensación debe gestionarse bilateralmente y concretarse en beneficios de todo tipo para cualquier sector económico o social de Panamá, sin limitarse a proveedores de servicios legales o bancarios.
3. La gestión de compensación necesita el esfuerzo organizado y diligente del país (Gobierno y Sector Privado) para tener en todo momento a disponibilidad un inventario de las ventajas que debe negociar con cada interlocutor tributario.
4. Es de fundamental importancia contar con equipos profesionales con la debida solvencia técnica, carentes de conflictos de intereses e identificados con el interés nacional. No menos importante es la capacidad moral del Gobierno de Panamá, que logre generar en los interlocutores el debido respeto y atención.
5. Esta política de compensación por el suministro unilateral de información tributaria debe ser un acto autónomo e independiente de Panamá, sin estar sometido a tutela de la OCDE, de la Organización Mundial del Comercio, del Banco Mundial ni de ningún otro Gobierno extranjero u organismo internacional.
Ver texto completo en https://www.prensa.com/impresa/opinion/Cobro-informacion-tributaria-Ricardo-Alba_0_4335316498.html
Ricardo M. Alba es presidente de Rialco International Corp. (Ricardo Alba & Co.) en Panamá, empresa que provee servicios de consultoría, asesoramiento y capacitación en materia de prevención y detección de delitos financieros, acuerdos de intercambio de información tributaria, adopción de Basilea II, Basilea III, FATCA y aplicación del enfoque basado en riesgos para Organismos Internacionales, gobiernos y proveedores de servicios bancarios y servicios legales y fiduciarios. Ricardo M. Alba es oriundo de Las Tablas, provincia de Los Santos. Cursó estudios primarios en la Escuela Presidente Porras de esa ciudad, secundarios en el Instituto Nacional, universitarios de Economía en Panamá, estadística en Chile y de post grado en Economía y Banca en Holanda y EUA, respectivamente. Presidió la firma de consultoría Agrica- Lex y es miembro de la Sociedad de Estudios Legales Avanzados de la Universidad de Londres y del Consejo Editorial de la Revista "Alerta de Lavado de Dinero", de Miami, Estados Unidos de América.
Se desempeñó como Director Ejecutivo de la Asociación Bancaria de Panamá entre 1975 y 1996, donde impulsó la adopción de normas legales y reglamentarias contra el lavado de dinero, y de 2009 a 2012 como Secretario Técnico de la Comisión Presidencial para la Defensa de los Servicios Internacionales de Panamá. Ha desarrollado programas de capacitación en Bancos y otras organizaciones en aproximadamente 80 instituciones de Panamá, Argentina, Colombia, Chile, Cuba, Costa Rica, EUA, Hungría, Italia, Inglaterra, Noruega, Perú, Polonia, la República Checa, la República Dominicana y Uruguay. Han sido publicadas tres ediciones de su libro "Manual Uniforme para la Prevención y Control del Blanqueo de Capitales en Panamá".
Ha sido condecorado con la Orden Presidencial de la Asociación Bancaria de Panamá y con la Orden Nacional de Manuel Amador Guerrero por el Gobierno de Panamá, como un reconocimiento a sus esfuerzos al desarrollo de las actividades financieras en Panamá, y en especial a su aporte a la defensa de los servicios internacionales de Panamá. Ha creado el procedimiento ALPREMER, que integra la prevención del lavado de dinero con el incremento de la rentabilidad y mercadotecnia de los servicios bancarios y acaba de publicar una Guia y Programa Practico Mundial de Informacion y Cumplimiento para Inversionistas, Clientes Proveedores de Servicios y Autoridades.
Más artículos de Ricardo M. Alba:
“Como enfrentar la presión del GAFI a Panamá sobre defraudación fiscal y blanqueo de capitales” ante Comité de Comercio e Inversiones Amcham Panamá, 2013, https://www.panamcham.com/es/reuniones-pasadas-de-comites-23ra-edicion
Panama: Bank Secrecy and Prevention of Economic Crime, Journal of Money Laundering Control, ISSN: 1368-5201, 1998, https://www.emerald.com/insight/content/doi/10.1108/eb027161/full/html
Fraud Control in Offshore Banking Centres, Journal of Money Laundering Control, ISSN: 1368-5201, 2000, https://www.emerald.com/insight/content/doi/10.1108/eb027236/full/html?skipTracking=true
PROGRAMA Y MANUAL UNIFORME PARA LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS EN AMÉRICA LATINA, 2002, https://bibliodrogas.gob.cl/biblioteca/documentos/CONTROL_5305.PDF
La presión del GAFI sobre Panamá, https://www.prensa.com/opinion/presion-GAFI-Panama_0_4791270930.html
Pérdida de competencia fiscal, https://www.prensa.com/opinion/Perdida-competencia-fiscal_0_4695280433.html
Panamá debe ser compensada por la pérdida de competencia fiscal, 2017, https://eduardomorgan.com/panama-debe-ser-compensada-por-la-perdida-de-competencia-fiscal/
Sobre el convenio para evitar la doble tributación: Ricardo M. Alba https://www.prensa.com/impresa/opinion/convenio-evitar-tributacion-Ricardo-Alba_0_4210079005.html
El fideicomiso extranjero: normas de prevencion de los delitos financieros, 2013, https://www.slideshare.net/EmilyMermell/mesas-redondas-c-fideicomisos
LA BANCA Y EL BLANQUEO DE CAPITALES DE CORRUPCIÓN, 2015, http://www.delitosfinancieros.org/wp-content/uploads/2015/05/PG6_Corrupcion_Ricardo_Alba.pdf
GUIDE OF INVESTMENT AND COMPLIANCE IN PANAMA Edición Kindle A GUIDE AND WORLDWIDE PRACTICAL AND UPDATED PROGRAM ON INVESTMENT AND COMPLIANCE FOR INVESTORS, CUSTOMERS, SERVICE PROVIDERS AND AUTHORITIES, 2016, https://www.amazon.com/GUIDE-INVESTMENT-COMPLIANCE-PANAMA-Ariel-ebook/dp/B01MU4SG8V
El futuro de la Panamá con la Ocde: 10 aspectos fundamentales, 2016, https://elcapitalfinanciero.com/el-futuro-de-la-panama-con-la-ocde-10-aspectos-fundamentales/
La presión del #GAFI a #Panamá sobre defraudación fiscal y blanqueo de capitales, 2017, http://barsallocarlos.blogspot.com/2018/10/la-presion-del-gafi-panama-sobre.html
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